EXP-UBA:
1,7541201
1
Buenos Aires,
VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con la solicitud de ratificacion
del Convenio Marco de Cooperacion suscripto entre esta Universidad y el lnstituto
Nacional de Educacion Tecnologica del Ministerio de Educacion y lo dispuesto por
la reglamentacion vigente,
y
en particular por las Resoluciones (CS) Nros.
338182,
1048187
y
1655187,
y
CONSIDERANDO
Que se eleva para su ratificacion el Convenio ME
721109
en el marco del
Programa de Mejora Continua de la Calidad de la Educacion Profesional cuyo
objeto es llevar a cab0 actividades de cooperacion ~nstitucional y de as~stencia
tecnica
Que las Direcciones Generales de Asuntos Juridicos y de Presupuesto y
Finanzas y la Direccion de Convenios han elaborado 10s informes tecnicos de su
competencia, 10s clue obran agregados a las presentes actuaciones
Lo aconsejado por la Comision de Convenios
Por ello, y En
uso
de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AlRES
RESUELVE:
ARTICULO
lo.-
Ratificar el Convenio Marco de Cooperacion suscripto entre esta
Universidad y el lnstituto Nacional de Educacion Tecnologica del Ministerio de
Educacion, cuyas copias obran agregadas a la presente Resolucion
ARTICULO
2O.-
E:n el caso en que hubiera asistencia tecnica, ksta debera ser
adecuadamente retribuida.
ARTICULO
3O.-
1-0s convel-~ios especificos que se celebren en el rnarco del
presente deberan ser elevados a este Consejo Superior.
ARTICULO
4O.-
Los recursos que ingresen por su ejecucion deberan integrar la
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\.
Subcuenta del Financiamiento 13- Recursos con Afectacion Especif~ca, de
acuerdo a 10s lineamientos establecidos en la Resolucion (R) No 626110.
ARTICULO 5O.- Registrese, comuniquese, notifiquese a la Direccion General de
Presupuesto
y
Finanzas
y
pase a la Direccion de Convenios a sus efectos.
CONVENIO
ME
NO-7
2
1
109
CONVENIO MARC0 DE COOPERACI~N
ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE
EDUCACI~N
TECNOL~GICA
DEL
MINISTERIOl DE EDUCACION
Y
LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
Entre el INSTITUTO NACIONAL DE
EDUCACI~N
TECNOL~GICA DEL MlNlSTERlO DE
EDUCACI~N, representado por su Diredora Ejecut~va, Licenciada Maria Rosa
ALMANDOZ, con dc~micilio legal en la calle Saavedra 789 de la CIUDAD DE BLIENOS
AIRES, (en adelante! el INET), y
LA
LlNlVERSlDAD DE BUENOS AIRES representada
por su Rector Doctor Ruben HALLO, con domicilio legal en Viamonte 4301444 de la
ciudad de Buenos Aires, (en adelante la UNIVERSIDAD), y con el fin de llevar adelante
10s objetivos enunciados en la Ley
26058,
la Resolucion CFE 3/07 y en el documento
"Mejora Continua de la Calidad de la Educacion Tecnico Profesional" que como Anexo I
ha sido aprobado por Resolucion del Consejo Federal de Cultura y Educacibn No 62/08
(partes pertinentes) referentes a la necesidad de alcanzar mayores niveles de equidad,
calidad, eficiencia
y
efectividad de la Educacibn Tecnico Profesional a traves del
fortaiecimiento y mejora continua de las instituciones y de 10s programas de educacibn
tecnico profesional, (en el marco de politicas nacionales y estrategias de caracter federal
que integren las particularidades y diversidades jurisdiccionales, acuerdan en celebrar el
presente Convenio hlarco, el cual se regit2 bajo las siguientes clausulas:
PRIMERA: El INET y La UNIVERSIDAD llevarhn a cab0 actividades de woperacion
institutional
y de asistencia tecnica para el desarrollo e implementacion de 10s
instrumentos para la mejora continua creados por La Ley de Educacion Tecnico
Profesional (Ley No :!6.058), en su articulo
32:
Homologacibn de Titulos y Certificaciones
Catalogo Nacional de Titulos y Certificaciones
Registro Federal de lnstituciones de Educacidn Tecnico Profesional
J
'2009
-
AAo
de
Homenaje
a
Raljl
SCALABRINI ORTU
Win&&
a2
!.Ed&acidn
Instituto
Wacional& Edkaridn
lecnolijgica.
Y
la aplicacidn del F'ondo Nacional para la
Education
Tecnico Profesional creado por el
articulo
52
de la ley, con el proposito de garantizar la inversion necesaria para el
mejoramiento de la c:alidad de las instituciones de ETP.-----------
SEGUNDA: Las acciones, proyectos y actividades a realizar conjuntamente entre el INET
y la UNlVERSlDAD !;e precisaran en protocolos adicionales del presente convenio.----
TERCERA: Las partcss acordaran 10s terrninos que definiriin 10s protocolos adicionales en
el marco del preser~te convenio, especificando 10s objetivos y metas, las acciones a
desarrollar, tareas, personal participante, presupuesto, plazos y obligaciones de cada una
de las partes necesarios para lograr 10s fines propuestos, asi como la forma de control
final de gesti6n de las actividades comprendidas. Asimismo, las partes elaborarin
informes de avance trimensuales, o en su caso, conforrne al cronograma de trabajo
acordado en cada protornlo.--
-
--------------
--
CUARTA: El INET s;e compromete a brindar asistencia tecnica y financiera para llevar
adelante las mencionadas acciones, ya sea a traves de sus equipos tecnico o de los
5
profesionales que se contraten a esos efectos.
------------------------
QLIINTA: La UNlVEliSlDAD se cornpromete a designar
y
rnantener un equip~ tecnico, a
i
fin de garantizar la implernentacion de las acciones academicas
y
de
gestion
adrninistrativo finandera que
se
emprendan en el marco del presente convenio
y
sus
protocolos adicionalc!s.--
---------
-------
SEXTA: El INET podra acordar modificaciones y brindar la aprobacion definitiva a 10s
proyectos y/o accior~es que se desarrollen en el marco del presente convenio o de sus
protocolos adicionalc!s-----
----------
S~PTIMA: La UNIL'ERSIDAD promover6 el dictado de las normas necesarias para
garantizar la implernentacion de las acciones y/o proyectos emergentes de este
Convenio. Asimismo, se compromete a brindar el apoyo logistic0 de informacion e
infraestructura para :;u optimo desarrollo.
--
-------------
OCTAVA: El presente tendrd una vigencia de UN
(I)
aAo, a partir del dia de la fecha
y
se
renovara autornaticimente por periodos iguales. Asimismo podra ser resuelto por
cualquiera de las partes previa
notification
a la otra, con una antelacion minima de
\
-2009
-
A130
4e
HomeMp
a
Raul SCALABRlNl
ORTI,?'
TREINTA
(30)
dias. 1.a rescision del Convenio no dara derecho a ninguna de las partes a1
reclamo de indemnizaciones de ninguna naturaleza, pero las actividades iniciadas
previamente
a
la rescision o caducidad del Convenio deberan ser continuadas hasta su
finalization,
siempre que el aporte financier0 realizado lo
permits.--
------
NOVENA: Para todo:; 10s efectos legales y judiciales, las partes constituyen domicilios en
10s indicados
precedentemente.-----------------
----
En pnreba de confonnidad, se firrnan DQS (2) ejemplares de un mismo tenor y
a
un solo
efecto en la CIUDAD DE BUENQS AIRES, a 10s
11
dias del mes de junio de 2009.
Lic. Maria Rosa ALMANDQZ
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