EXP-LIBA: 76.89512013 Buenos Aires, VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio General a suscribirse entre esta Universidad y el Banco Santander Rio S.A. y lo dispuesto por la reglamentacion vigente, y en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338182, 1048187 y 1655187, y CONSIDERANDO Que se eleva para su aprobacion el Convenio General a suscribirse entre esta Universidad y el Banco Santander Rio S.A. cuyo objeto es establecer mecanismos de cooperacion entre las Universidades que integran la Red de Macro Universidades Publicas de America Latina y el Caribe. Que el Rector de esta Universidad es el presidente de la mencionada Red. Que por Resolucion (CS) No 1131110 se aprobo el Protocolo de Adhesion al Acuerdo Marco de Colaboracion Acadernica que celebran las lnstituciones lntegrantes de la Red de Macrouniversidades Publicas de America Latina y el Caribe y el Convenio Bilateral de Colaboracion Academica con la Universidad Nacional Autonoma de Mexico (UNAM). Que la Direccion General de Asuntos Juridicos ha elaborado el informe tecnico de su competencia, el que obra agregado a las presentes actuaciones. Esta Comision de Convenios aconseja dictar la siguiente Resolucion. Por ello, y en uso de sus atribuciones EL CONSEJO SLlPERlOR DE LA LlNlVERSlDAD DE BLIENOS AlRES RESUELVE: AR-I-CCULO l o . - Aprobar el texto del Convenio General a suscribirse entre esta Universidad y el Banco Santander Rio S.A., cuya copia obra agregada a la presente Resolucion. AR-I-ICULO 2O.- Autorizar al setior Rector a suscribir el Convenio General cuyo texto fue aprobado por el articulo lo de la presente. AR-I-~CULO 3O.- En el caso en que hubiera asistencia tecnica, esta debera ser adecuadamente retribuida. A R - I - ~ I L O4O.- Los convenios especificos que se celebren en el marco del presente deberan ser elevados a este Consejo Superior previa intervention de las areas competentes. AR-I-[CLILO 5O.- Registrese, comuniquese al Banco Santander Rio S.A. y a la Direccion General de Presupuesto y Finanzas. Cumplido, pase a la Secretaria de Relaciones lnternacionales a sus efectos. ,is EXP-UBA: 76.8951201 3 ~ l b e r t oBoveri 'sa H. Alborn z \ Rodolfo Pedro Rothlin CristinXTza . Jorge Bigl~eri Pablo Vensentini Mov~a Mariana de 10s A. Romano Arturo Pozzali CONVENIO Entre la Universidad de Buenos Aires, representada por su Rector, Med Vet. Ruben HALLU, con domicilio en Viamonte 430 PB, Direccion de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Rectorado y Consejo Superior, Ciudad Autonoma de Buenos Aires, en adelante, "LA UNIVERSIDAD", por una parte, y el Banco Santander Rio S.A., representado por su Presidente el Sr. Jose Luis Enrique Cristofani, con domicilio en Bartolome Mitre 480 de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, en adelante "EL BANCO", por la otra, teniendo en cuenta: Que la complementacion mutua sirve a su respectivo desarrollo institucional, incrementando su capacidad acadernica, de investigacion y cultural. Que este intercambio produce Lln crecimiento de su capacidad de servicios de extension a las comunidades de las que forman parte. Que de esta manera se da cumplimiento con la responsabilidad social del conocimiento del que participan en alto grado las instituciones signatarias de este acuerdo. Que la Red de Macro Universidades Publicas de America Latina y el Caribe ha aprobado un Programa de Becas con el fin de impulsar la movilidad universitaria Que el Rector de la Universidad es el presidente de la Red de IblacroUniversidades y le corresponde administrarla. Que dicho Programa de Movilidad tiene como objetivos establecer mecal-~ismos de cooperacion entre universidades para propiciar la forrnacion de estudiantes de posgrado, como tambien procurar el adecuado financiamiento de 10s programas. Que las partes, se reconocen como personas capaces para la celebracion del presente convenio, el cual sujetan a las siguientes clausulas: PRIMERA: El objeto del presente acuerdo es establecer las condiciones del aporte que EL BANCO efectuara a LA UNIVERSIDAD a fin de solventar 10s gastos de las becas que se otorguen dentro del Programa de Movilidad en el Posgrado aprobado por la Red de Macro Universidades de America Latina y el Caribe. , , SEGUNDA: Las partes declaran conocer el Programa de Movilidad en el Posgrado aprobado por la Red de Macro Universidades de America Latina y el Caribe en virtud del cual se celebra el presente Convenio. TERCERA: EL BANCO se compromete a entregar a LA UNIVERSIDAD 10s fondos en concept0 de aporte al Programa de Movilidad en el Posgrado aprobado por la Red de Macro Universidades de America Latina y el Caribe, consistente en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON (USD 1.000.000), correspondiendo DOLARES ESTADOUNIDENSES QUlNlENTOS VElNTlDOS MIL (U$S (522.000) para el afio 2014 y DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SE-TENTA Y OCHO MIL (U$S 478.000) para el afio 2015. el o 10s aportes se concretaran en pesos, o sea en la moneda de curso legal de la Republica Argentina, de acuerdo a la cotizacion al tipo de cambio comprador del Banco de la Nacion Argentina del dia anterior a efectuar el aporte. El o 10s aportes se realizaran a requerimiento de LA UNIVERSIDAD y de acuerdo a 10s cronogramas de las convocatorias que realice la Red de Macro Universidades de America Latina y el Caribe, 10s cuales deberan ser presentados previamente a EL BANCO como condicion necesaria para el desembolso de 10s mismos. El plazo maximo para 10s deserr~bolsosoperara el 311121 2015, .o cuando se alcance la suma maxima antes mencionada, lo que ocurra primero. CUARTA: LA UNIVERSIDAD se compromete a asignar 10s recursos otorgados por EL BANCO a 10s estudiantes de posgrado que resulten seleccionados para participar del mencionado Programa de Movilidad. QUINTA: Los criterios de seleccion de 10s participantes seran las siguientes, conforme las pautas establecidas en el Programa de Movilidad: - Ser alumno regular de maestria o doctorado en LA UNIVERSIDAD. - Contar por lo menos con el 30 por ciento de 10s creditos de su posgrado o especialidad, al momento de presentar la solicitud. - Para formalizar la inscription, el estudiante debera registrarse via internet, a mas tardar el 30 de octubre de 2013, en 10s portales de la Red de Macro Universidades. - El estudiante debera acreditar un seguro de gastos medicos, asi como un seguro de vida y repatriacion de restos, antes de salir de la Argentina. En caso de requerir una atencion medica especial, se debera especificarlo. - Contar con la visa cuando el pais de destino la requiera. - LA UNIVERSIDAD realizara sus mejores esfuerzos para que una vez que el estudiante sea comunicado de haber recibido una beca, con recursos de EL BANCO, abra una cuenta de deposit0 bancario en EL BANCO. SEXTA: La suscripcion de este Convenio General no implica compromiso presupuestario o financier0 para LA UNIVERSIDAD. SEPTIMA: En toda circunstancia o hecho que tenga relacion con este Convenio, las partes mantendran la individualidad y autonomia de sus respectivas estructuras tecnicas y administrativas y, por lo tanto, asumiran particularmente las responsabilidades que les incumben. OCTAVA: El presente convenio no limita a las partes la posibilidad de convenir objetos similares con otras instituciones. NOVENA: Ambas partes deberan declarar el conocimiento de la Resolucion (CS) No 3404199, en referencia a las pautas de utilization del logotipo, isotipo y nombre de LA UNIVERSIDAD. DECIMA: El presente convenio mantendra vigencia por el termino de DOS (2) aAos. DECIMO PRIMERA: Ante cualquier divergencia derivada de la interpretacion o aplicacion del presente convenio, las partes se comprometen a solucionar las mismas mediante negociacion directa y amistosa. En caso de que no llegaran a un acuerdo, las partes se someteran a la Jurisdiccion de 10s Tribunales Federales de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdiction. En consecuencia, las partes constituyen sus domicilios en 10s citados en el encabezamiento a todos 10s efectos administrativos y judiciales. La firma del presente acuerdo debera contar con la aprobacion previa para su puesta en ejecucion del Consejo Superior de LA UNIVERSIDAD. En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, a 10s 29 dias del mes de Noviembre de 2013.