EXP-LIBA: 9.4431201 7
Buenos Aires,
2
6
ABR,
2017
VISTO las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio a suscribir entre
la Universidad de Buenos Aires y la Embajada de ltalia en Argentina para la creación
del Centro halo Argentino de Altos Estudios (CIAAE) de la Universidad de Buenos
Aires y lo dispuesto por la reglamentación vigente, y en particular por las
Resoluciones (CS) Nros. 338182, 1048187
y
1655187,
y
CONSIDERANDO
Que se eleva para su aprobación el Convenio a suscribir entre la Universidad
de Buenos Aires y la Embajada de ltalia en Argeritina para la creacion del Centro
ítalo Argentino de Altos Estudios (CIAAE) de la Universidad de Buenos Aires cuyo
objeto es la creación de un centro a fin de crear un espacio de promoción de la
cooperación en diversas disciplinas entre investigadores, docentes y estudiantes de
ambos países, a fin de contribuir al desarrollo de la investigación y la difusión de
conocimientos.
Que la Secretaría de Relaciones Internacionales y las Direcciones Generales
de Asuntos Jurídicos y de Presupuesto y Finanzas han elaborado los informes
técnicos de su competencia, los que obran agregados a las presentes actuaciones.
Lo aconsejado por la Comisión de Convenios.
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE
LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
AR'T~CULO
lo.-
Aprobar el texto del Convenio a suscribir entre la Universidad de
Buenos Aires y la Embajada de ltalia en Argentina para la creacion del Centro halo
Argentino de Altos Estudios (CIAAE) de la Universidad de Buenos Aires, cuya copia
obra agregada a la presente Resolución.
ART~CULO
2O.- Autorizar al señor Rector a suscribir el Convenio para la creación del
Centro ítalo Argentino de Altos Estudios (CIAAE) de la Universidad de Buenos Aires
el
artículo
1"
de Ila presente.
ART~CULO
3O.- Los que se celebren en el marco del presente
deberan
ser previa intervención de las áreas
competentes.
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EXP-UBA:
9.4431201
7
ART~CULO
4O.-
De ingresar recursos por la ejecución del presente convenio,
integrarán la subcuenta del Financiamiento
12
-
Recursos Propios de esta
Universidad, habilitada a tal fin.
ART~CULO
5O.- Regístrese, comuníquese,
Finanzas. Pase a la Secretaría de Relacio ara que notifique
a
la
Embajada de Italia en Argentina
y
remita
Dirección de Gestión de Consejo Superi
originales, archívese.
RESOLUCIÓN
No
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CONVENIO
ENTRE
LA
EMBAJADA
DE
ITALIA
EN
LA
ARGENTINA
Y
LA
UNIVERSIDAD
DE
BUENOS
ARES
EN
RELACION
AL
CENTRO
TALO
ARGENTINO
DE
ALTOS ESTUDIOS
(CIAAE)
DE
LA
UNIVERSIDAD
DE
BUENOS AIRES
Entre la Universidad de Buenos Aires (UBA), representada en este acto por su
Rector, el Doctor Alberto
E.
Barbieri, por una parte,
y
La Embajada de Italia en la Argentina, representada en este acto por su
Excelencia la Embajadora Teresa Castaldo, en representación de la República Italiana,
por la otra,
CONSIDERANDO:
Que el intercambio de conocimientos
y
experiencias entre Italia
y
Argentina
constituye uno de los factores esenciales para favorecer la comprensión
y
la
cooperación
entre sus comunidades;
Que son numerosos los intereses
y
emprendimientos comunes en los campos
académico, científico
y
cultural que vinculan la Universidad de Buenos aires y la
Embajada de Italia en la Argentina;
Teniendo en cuenta los Acuerdos Intergubernamentales de Cooperación
Científica
y
en temas de Educación, suscritos por Argentina e Italia
Considerando los numerosos acuerdos de colaboración existentes
y
activos entre
la Universidad Nacional de Buenos Aires y Universidades italianas;
Entendiendo que la colaboración entre ambos paises resulta sustantiva para
el
trabajo de docencia, de investigación
y
de producción
y
transferencia de nuevos
conoci~ientos
que
desarrolla la comunidad académica, como lo demuestra la existencia
de
numerosos acuerdos de cooperación entre la Universidad de Buenos Aires
y
las
Universidades italianas, en función de la importancia y del valor científico
y
académico
de los mismos, como también la necesidad de coordinar
y
reforzar los intercambios
existentes, desarrollando nuevas áreas de interés común.
la importancia
de
profundizar
el
diálogo
entre
los especialistas
as
así como entre los responsables
de
la toma
de
decisiones
en
-
JUAN
PABLO
MAS
VELEZ
SECRETARIO
GENERAL
Entendiendo que se hace necesario conjugar
las
competencias de los expertos de
excelencia de nuestros países con el fin de producir
y
transferir nuevos conocimientos
que permitan entender mejor el mundo que nos rodea
y
responder
a
los desafíos a los
que se enfrentan nuestras sociedades;
Las
partes acuerdan lo siguiente:
1.
OBJETO
DEL
CONVENIO
Art.
1.
Crear el Centro Ítalo Argentino de Altos Estudios de la Universidad de
Buenos Aires (CIAAERIBA), según
l&
modalidades detalladas en este convenio
y
de
acuerdo con los lineamientos generales que se presentan más adelante.
11.
OBJETIVOS
DEL
Cm
Art.
1.
El CIAAE, en tanto
que
espacio de promoción de la cooperación en
diversas disciplinas entre investigadores, docentes
y
estudiantes de ambos países, tiene
como objeto principal contribuir al desafio110 de la investigación de excelencia
y
participar de la producción
y
difusión de conocimientos novedosos a través de la
docencia
y
de la investigación básica
y
aplicada.
Art.
2.
Sus actividades se estmcturan alrededor de cinco grandes áreas:
-
Área Docencia;
-
Área Debates
y
Difusión de Conocimientos;
-
Área
Orientación,.Cooperación
e Inter-capacitación Estudiantil;
-
Área de Investigación Científica
y
Tecnológica;
-
Área de Transferencia del Conocimiento a la Sociedad.
Art.
3.
Las actividades del CIAAE se organizan en función de los siguientes
objetivos específicos:
-
Desarrollar un programa
de
cooperación académica
y
científica en las
-
diversas áreas
y
disciplinas.
-
Intensificar los intercambios de personal académico, investigadores,
docentes, becarios
y
alumnos de pregrado, Master
y
Doctorado. En ocasión
de estos intercambios, se desanollan actividades de docencia, investigación
y
difusión del conocimiento cientifico a través de coloquios, conferencias,
mesas redondas, talleres
y
toda otra manifestación de naturaleza académica,
científica o de divulgación del conocimiento científico.
-
Favorecer, en el ámbito del CIAAE, la elaboración
y
el desarrollo de
proyectos comunes de investigación científica ligados
a9
desarrollo de
ados, así como de promoción de la lengua italiana
y
r
a
los nexos académicos
y
administrativos con
el
fin
de
titulación mediante posgrados conjuntos.
JUAN
PABLO
MAS
VELEZ
SECRETARIO
GENERAL
-
Asistir
a
la Secretaria de Relaciones Internacionales de la
UBA
en la
promoción
y
gestión de acuerdos de cooperación con Universidades
italianas.
-
Promover la traducción
y
difusión de materiales bibliográficos entre ambos
países.
-
Promover un área temática transversal e interdisciplinaria que impulse una
aproximación comprensiva e integral de los grandes desafíos a los que se
enfrentan nuestras sociedades.
-
Promover la producción del conocimiento científico
y
de herramientas
conceptuales e interpretativas basados en datos empíricos debidamente
recolectados
y
elaborados con el fin de contribuir
al
mejoramiento de la vida
y
del "vivir juntos" de los habitantes de ambos paises.
-
Contribuir
a
la implementación de una dinámica interuniversitaria a nivel del
territorio nacional.
.
-
Articular sus actividades científicas e institucionales con otros actores
cientificos, académicos
y
culturales italianos con el fin 'de
ampliar
la red de
socios
y
colaboradores tanto al conjunto del Cono
Sur
como al territorio de
la Repiíblica Italiana en su conjunto.
111.
ESTRUCTURA DE
GOBIERNO
DEL
CIAAE
Art.
1.
El CIAAE de la Universidad de Buenos Aires tiene como ente ejecutor la
Secretaría de Relaciones Internacionales de la Universidad de Buenos Aires. Tiene su
sede natural en el edificio de la misma situado en la calle Ayacucho
1245
y
otras que
sean asignadas oportunamente. Sus actividades se enmarcan tanto dentro de los
lineamientos de investigación de la Universidad de Buenos Aires
así
como también del
dispositivo de cooperación científica
y
cultural actuado por la Embajada de Italia a
traves de la Agregaduría Científica
y
del Instituto Italiano de Cultura en Buenos Aires.
Art.
2. El
CIAAE
cuenta con
las
siguientes instancias de gobierno
y
de gestión
de sus actividades: la
Presidencia,
el
Consejo Coordinador,
el
Consejo Académico
y
la
Dirección Ejecutiva.
Art.
3.
La propuesta de programa de trabajo anual es elaborada por el
Consejo
Académico
en coordinación con la
Dirección Ejecutiva
y
en concordancia con los
lineamientos generales definidos por Pa
Presidencia,
para ser luego evaluada, aprobada
y
monitoreada por el
Consejo Coordinador.
Art.
4.
Se entiende que, una vez definido y formalizado el programa de trabajo
anual, la aprobación en conjunto del programa implica la ejecución de cada una de las
actividades previstas. En caso de generarse alguna vacante dentro de la programación
establecida, el
Consejo Académico
junto con la
Dirección Ejecutiva
así como con el
or lo que atañe a
sus
competencias específicas
-
pueden
re
que no generen erogaciones extraordinarias.
ia
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JUAN
PABLO
MAS
VE
SECRETARIO
GENERAL
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