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EXP-UBA: 80.06812015
Buenos Aires,
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VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio Especifico, sus
Anexos I y II a suscribir entre esta Universidad y la Universidad Nacional del
Nordeste y lo dispuesto por la reglamentacion vigente, y en particular por las
Resoluciones (CS) Nros. 338182, 1048187 y 1655187, y
CONSIDERANDO
Que se eleva para su aprobacion el Convenio Especifico, sus Anexos I y II a
suscribir entre esta Universidad y la Universidad Nacional del Nordeste cuyo objeto
es que la Universidad de Buenos Aires brinde cursos de formacion docente y
asistencia tecnica pedagogica en la generacion de propuestas de enseAanza
mediadas con tecnologia, en el marco de 10s desarrollos del Centro de Innovacion
en Tecnologia y Pedagogia.
Que la Secretaria de Asuntos Academicos, las Direcciones Generales de
Asuntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas, han elaborado 10s informes tecnicos
de su competencia, 10s que obran agregados a las presentes actuaciones.
Lo aconsejado por la Comision de Convenios.
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES
RESUELVE:
ART~CULO lo.Aprobar el texto del Convenio Especifico, sus Anexos I y II a
suscribir entre esta Universidad y la Universidad Nacional del Nordeste, cuya copia
obra agregada a la presente Resolucion.
A R T ~ U L O2O.- Autorizar al seiior Rector a suscribir el Convenio Especifico, sus
de la presente.
Anexos I y II cuyo texto fue aprobado por el articulo lo
ART~CULO3O.- En el caso en que hubiera asistencia tecnica, esta debera ser
adecuadamente retribuida.
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CONVENIO ESPEC~FICOENTRE LA UNlVERSlDAD NACIONAL DE BUENOS
AlRES Y LA UNlVERSlDAD NACIONAL DEL NORDESTE
Entre la Universidad de Buenos Aires, representada por su Rector, doctor Alberto
Edgardo BARBIERI, con domicilio en la calle Viamonte 430, planta baja, de la
Ciudad Autonoma de Buenos Aires -Direcci6n de Mesa de Entradas, Salidas y
Archivos del Rectorado y Consejo Superior-, y por la otra, a Universidad Nacional
del Nordeste, representada por su Rectora, Prof. Maria Delfina VEIRAVE, con
dornicilio en 25 de Mayo 868, acuerdan celebrar el presente convenio especifico,
conforme lo establecido en el convenio marco CIN y de conformidad con las
siguientes clausulas.
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO
Brindar cursos de formacion docente y asistencia tecnica pedagbgica en la
generacion de propuestas de ensefianza mediadas con tecnologias en el
marco de 10s desarrollos del Centro de Innovation en Tecnologia y
Pedagogia (CITEP)
Cornpartir inforrnacion y conocimientos sobre herramientas para la gestion,
capacitacidn y asistencia a docentes en el uso de tecnologias educativas.
lntercarnbiar inforrnacion academicocientifica entre ambas instituciones con
el fin de promover su crecirniento y calidad.
CLAUSULA SEGUNDA; VlGENClA
El presente convenio se celebra por el tdrmino de 2 (DOS) aiios a partir de su firma.
LAS PARTES podrdn rescindir el presente convenio de colaboraci6n sin expresion
fehaciente. El preaviso debera ser una antelacidn
trabajos de ejecucion al producir la rescisidn del
JUAN PASLO MAS
SECRETAR!O G E N E
convenio serdn finalizados dentro del perlodo anual en que la misma fuera
forrnulada o dentro de 10s limites perrnitidos por el aporte financier0 realizado.
CLAUSULA TERCERA: ACTlVlDADES
A fin de cumplir con 10s objetivos del presente convenio, descriptos ut supra, LAS
PARTES se cornprometen a realizar las actividades que se detallan en el ANEXO I
al presente Convenio.
CLAUSULA CUARTA: FINANCIAMIENTO
Los fondos necesarios para el cumplimiento de las actividades previstas en el
presente Convenio especifico, seriin aportados s e g h se consigna en el ANEXO II.
CLAUSULA QUINTA: PUBLICACION Y COMUNICACI~N
Toda publication o comunicacion relacionada al desarrollo y resultado de 10s
trabajos vinculados a 10s objetivos del presente acuerdo, debera acordarse entre las
partes y deber6 hacer menci6n explicita del presente convenio.
Se procurara dar la mas amplia difusion a fas actividades que se realicen en el
marco del presente convenio, de 10s resultados que se obtengan, y de iniciativas
conexas que se impulsen en el curso del mismo.
CLAUSULA SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL
La Universidad de Buenos Aires conservar5 la propiedad intelectual de todas las
herramientas desarrolladas, mejoradas ylo adaptadas en el marco del presente
convenio y se beneficiara de su desarrollo, utilizacion y actuaiizacion.
CLAUSULA S~PTIMA:DENOMINACION UBA
UBA (Res. (CS) No 3404199) en lo que respecta
lntegra deberan ser utilizados solo con fines
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I
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JUAN PABLO MAS V
SECRETARiO GEI'JEfi4L
C~USULA
OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes acordaran 10s limites de confidencialidad en 10s convenios especificos
que pudieran generarse en el marco de este convenio. Asimismo, en el supuesto
que por el vinculo establecido se intercambie informaci6n calificada, la contraparte
se cornpromete a no difundir y guardar reserva sobre 10s aspectos metodologicos y
cientificos que la Universidad seiiale como confidenciales durante la vigencia del
presente convenio.
CLAUSULA NOVENA: CONTROVERSIAS
Ante cualquier acci6n contradictoria o litigio entre las partes, las cuestiones
derivadas del presente deberan ser sometidas a 10s Tribunales Federales de la
Capital Federal.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y airn solo
efecto, a 10s dias del mes
JUAN
de
Maria Delflna VEIRAV~
Alberto Edgardo BARBIERI,
Rectora
Rector
PABLO MAS VELEZ
SECRETARIO GENERAL
ANEXO l
ACTlVlDADES DE CADA UNA DE LAS PARTES
Es responsabilidad de la UBA:
Proveer a la UNNE !as herramientas desarrolladas por CITEP (Entorno digital
USINA para la enseiianza y el aprendizaje a traves d e simulaciones,
INTEGRA 2.0 para la resolution de problemas y EXPLORA, entorno digital
multimedial para el estudio de textos complejos) durante el tiempo de
duraci6n del convenio.
Colaborar en el alojamiento de las herramientas en 10s servidores de la UBA
y estimar una progreslva migration hacia 10s servidores de la UNNE a lo largo
del segundo aAo del convenio.
Formar a 20 personas que asuman por parte de la UNNE la coordinacion de
las propuestas en 10s entornos USINA, INTEGRA y EXPLORA desarrolladas
por el Centro de Innovacion en Pedagogia y Tecnologia (CITEP).
Realizar ires cursos virtuales (uno por entorno), cada uno con una capacidad
maxima de 50 (cincuenta) participantes
Asesorar y guiar en 10s aspectos tecnicos y pedagogicos a 10s docentes que
formulen 10s casos en el entomo USINA (3 casos maximo en 4 meses).
Asesorar y guiar en aspectos tecnicos y pedagogicos a 10s docentes que
formulen 10s problemas en el entorno INTEGRA (3 problemas maxirno en 4
meses).
Apoyar y guiar en aspectos tkcnicos y pedagbgicos a 10s docentes que
formulen 10s problemas en el entorno EXPLORA (4 hipertextos como maximo
en 4 meses).
Alojar las simulaciones y 10s problemas en el servidor de la UBA.
y 10s estudiantes de las asignaturas participantes de
os Explora, Usina e lntegra 2.0 de Citepi UBA para el
4
i
acceso y uso de estas herramientas durante el tiempo que estipule este
convenio.
Brindar la certificacidn de aprobacion de las ofertas por la Secretaria de
Asuntos Academicos de la UBA.
Arbitrar 10s medios para que integrantes del CITEPIUBA participen de a1
menos 4 (cuatro) videoconferencias en un plazo de 2 (dos) aiios para el
intercambio de informacion y conocimientos sobre herramientas para la
gestion, capacitacion y asistencia a docentes en el uso de tecnologias
educativas.
Es responsabilidad de la UNNE:
La difusi6n de las propuestas de formacion docente y la conformacion de 10s
equipos docentes de trabajo para el desarrollo de casos, de problemas y a la
seleccidn de 10s docentes que realizaran 10s cursos.
Asumir 10s honorarios de 10s tutores de aquellos cursos virtuales que brinde
la oferta de UBA.CITEP.
Asumir 10s honorarios de 10s coordinadores tecnico-pedagbgicos que
apoyaran y guiaran a 10s docentes que participen en USINA e INTEGRA y
forrnen a quienes asumiran 10s aspectos tecnicos pedagdgicos por parte de la
UNNE.
Asumir 10s costos que implique la asistencia tecnica de 10s usuarios que se
alojen en la entomos digitales de la UBA hasta el segundo afio en que se
migrara a 10s servidores UNNE.
Arbitrar 10s medios para que integrantes del Programa UNNE Virtual
participen de al menos 4 (cuatro) videoconferencias con integrantes del
ClTEP IUBA en un plazo de 2 (dos) aRos para el intercambio de informacion
herramientas para la gestion,
el uso de tecnologlas educativas.
JUAN PGBLO MAS VELEZ
SECRETARIO GENERAL
capacitacibn y
FINANCIAMIENTO
Los Fondos para el cumplimiento del presente Convenio Especifico seran aportados
por la UNNE a favor de la UBA, por un importe total de $ 133.200,
suma que
incluye el costeo de todos 10s recursos necesarios para la realizacion de las
actividades planteadas, y sera abonada de la siguiente manera durante el atio 2016:
Cuotas mensuales con 10s montos detallados
El pago de las cuotas se realizara dentro de 10s primeros cinco (5) dias habiles de
cada mes.
JUAN PABLO MAS VELEZ
SECRETARIO
I
GENERAL
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