EXP-UBA: 80.06812015 Buenos Aires, 1 5 I,,!;,. .--,, VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio Especifico, sus Anexos I y II a suscribir entre esta Universidad y la Universidad Nacional del Nordeste y lo dispuesto por la reglamentacion vigente, y en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338182, 1048187 y 1655187, y CONSIDERANDO Que se eleva para su aprobacion el Convenio Especifico, sus Anexos I y II a suscribir entre esta Universidad y la Universidad Nacional del Nordeste cuyo objeto es que la Universidad de Buenos Aires brinde cursos de formacion docente y asistencia tecnica pedagogica en la generacion de propuestas de enseAanza mediadas con tecnologia, en el marco de 10s desarrollos del Centro de Innovacion en Tecnologia y Pedagogia. Que la Secretaria de Asuntos Academicos, las Direcciones Generales de Asuntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas, han elaborado 10s informes tecnicos de su competencia, 10s que obran agregados a las presentes actuaciones. Lo aconsejado por la Comision de Convenios. Por ello, y en uso de sus atribuciones EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES RESUELVE: ART~CULO lo.Aprobar el texto del Convenio Especifico, sus Anexos I y II a suscribir entre esta Universidad y la Universidad Nacional del Nordeste, cuya copia obra agregada a la presente Resolucion. A R T ~ U L O2O.- Autorizar al seiior Rector a suscribir el Convenio Especifico, sus de la presente. Anexos I y II cuyo texto fue aprobado por el articulo lo ART~CULO3O.- En el caso en que hubiera asistencia tecnica, esta debera ser adecuadamente retribuida. -asa~!ym 'salt?u!6!~0 sol ap 0pJen6saJ A asol6sap 03 ap uo!)sa3 ap uo!ma~!ael e sopew~!jaluawep!qap .saleu!6!~0sol ap uo!33ajuo3 el e ~ e dso3!ur?pe3y .sezueu!j A olsandnsald ap leJaua9 uo!33a~!a el e A ej606epad X\je!6olou3al ua uo!3e~ouulap oJlua3 le 'e3!w?pe3y pep!le=) A uo!3e~ouulap e!~e)a~3asqns el 'so3!w?pe3y so)unsy ap e!~e)a~3as el e ' a ~ s a p ~ o ~ lap leuo!3e~pep!sJaA!un el e asanb!j!you 'asanb!unuro~'asa~ls!6aa-.,s 01n3!lay 'u!j le) e epe)!l!qey 'le~)ua=)uo!3e~)s!u!urpy el ap so!do~dsosJn3aa - z ~ o)ua~ure!~ueu!j lap eluan3qns el U ~ J ~ J 'o!ua~uo3 ~ ~ J U ! aluasa~dlap aluasa~dlap uo!3n3a[a el ~ o uasa~6u! d anb s o s ~ n 3 as~o l -*,p 07n311uy CONVENIO ESPEC~FICOENTRE LA UNlVERSlDAD NACIONAL DE BUENOS AlRES Y LA UNlVERSlDAD NACIONAL DEL NORDESTE Entre la Universidad de Buenos Aires, representada por su Rector, doctor Alberto Edgardo BARBIERI, con domicilio en la calle Viamonte 430, planta baja, de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires -Direcci6n de Mesa de Entradas, Salidas y Archivos del Rectorado y Consejo Superior-, y por la otra, a Universidad Nacional del Nordeste, representada por su Rectora, Prof. Maria Delfina VEIRAVE, con dornicilio en 25 de Mayo 868, acuerdan celebrar el presente convenio especifico, conforme lo establecido en el convenio marco CIN y de conformidad con las siguientes clausulas. CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Brindar cursos de formacion docente y asistencia tecnica pedagbgica en la generacion de propuestas de ensefianza mediadas con tecnologias en el marco de 10s desarrollos del Centro de Innovation en Tecnologia y Pedagogia (CITEP) Cornpartir inforrnacion y conocimientos sobre herramientas para la gestion, capacitacidn y asistencia a docentes en el uso de tecnologias educativas. lntercarnbiar inforrnacion academicocientifica entre ambas instituciones con el fin de promover su crecirniento y calidad. CLAUSULA SEGUNDA; VlGENClA El presente convenio se celebra por el tdrmino de 2 (DOS) aiios a partir de su firma. LAS PARTES podrdn rescindir el presente convenio de colaboraci6n sin expresion fehaciente. El preaviso debera ser una antelacidn trabajos de ejecucion al producir la rescisidn del JUAN PASLO MAS SECRETAR!O G E N E convenio serdn finalizados dentro del perlodo anual en que la misma fuera forrnulada o dentro de 10s limites perrnitidos por el aporte financier0 realizado. CLAUSULA TERCERA: ACTlVlDADES A fin de cumplir con 10s objetivos del presente convenio, descriptos ut supra, LAS PARTES se cornprometen a realizar las actividades que se detallan en el ANEXO I al presente Convenio. CLAUSULA CUARTA: FINANCIAMIENTO Los fondos necesarios para el cumplimiento de las actividades previstas en el presente Convenio especifico, seriin aportados s e g h se consigna en el ANEXO II. CLAUSULA QUINTA: PUBLICACION Y COMUNICACI~N Toda publication o comunicacion relacionada al desarrollo y resultado de 10s trabajos vinculados a 10s objetivos del presente acuerdo, debera acordarse entre las partes y deber6 hacer menci6n explicita del presente convenio. Se procurara dar la mas amplia difusion a fas actividades que se realicen en el marco del presente convenio, de 10s resultados que se obtengan, y de iniciativas conexas que se impulsen en el curso del mismo. CLAUSULA SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL La Universidad de Buenos Aires conservar5 la propiedad intelectual de todas las herramientas desarrolladas, mejoradas ylo adaptadas en el marco del presente convenio y se beneficiara de su desarrollo, utilizacion y actuaiizacion. CLAUSULA S~PTIMA:DENOMINACION UBA UBA (Res. (CS) No 3404199) en lo que respecta lntegra deberan ser utilizados solo con fines 2 I d JUAN PABLO MAS V SECRETARiO GEI'JEfi4L C~USULA OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD Las partes acordaran 10s limites de confidencialidad en 10s convenios especificos que pudieran generarse en el marco de este convenio. Asimismo, en el supuesto que por el vinculo establecido se intercambie informaci6n calificada, la contraparte se cornpromete a no difundir y guardar reserva sobre 10s aspectos metodologicos y cientificos que la Universidad seiiale como confidenciales durante la vigencia del presente convenio. CLAUSULA NOVENA: CONTROVERSIAS Ante cualquier acci6n contradictoria o litigio entre las partes, las cuestiones derivadas del presente deberan ser sometidas a 10s Tribunales Federales de la Capital Federal. En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y airn solo efecto, a 10s dias del mes JUAN de Maria Delflna VEIRAV~ Alberto Edgardo BARBIERI, Rectora Rector PABLO MAS VELEZ SECRETARIO GENERAL ANEXO l ACTlVlDADES DE CADA UNA DE LAS PARTES Es responsabilidad de la UBA: Proveer a la UNNE !as herramientas desarrolladas por CITEP (Entorno digital USINA para la enseiianza y el aprendizaje a traves d e simulaciones, INTEGRA 2.0 para la resolution de problemas y EXPLORA, entorno digital multimedial para el estudio de textos complejos) durante el tiempo de duraci6n del convenio. Colaborar en el alojamiento de las herramientas en 10s servidores de la UBA y estimar una progreslva migration hacia 10s servidores de la UNNE a lo largo del segundo aAo del convenio. Formar a 20 personas que asuman por parte de la UNNE la coordinacion de las propuestas en 10s entornos USINA, INTEGRA y EXPLORA desarrolladas por el Centro de Innovacion en Pedagogia y Tecnologia (CITEP). Realizar ires cursos virtuales (uno por entorno), cada uno con una capacidad maxima de 50 (cincuenta) participantes Asesorar y guiar en 10s aspectos tecnicos y pedagogicos a 10s docentes que formulen 10s casos en el entomo USINA (3 casos maximo en 4 meses). Asesorar y guiar en aspectos tecnicos y pedagogicos a 10s docentes que formulen 10s problemas en el entorno INTEGRA (3 problemas maxirno en 4 meses). Apoyar y guiar en aspectos tkcnicos y pedagbgicos a 10s docentes que formulen 10s problemas en el entorno EXPLORA (4 hipertextos como maximo en 4 meses). Alojar las simulaciones y 10s problemas en el servidor de la UBA. y 10s estudiantes de las asignaturas participantes de os Explora, Usina e lntegra 2.0 de Citepi UBA para el 4 i acceso y uso de estas herramientas durante el tiempo que estipule este convenio. Brindar la certificacidn de aprobacion de las ofertas por la Secretaria de Asuntos Academicos de la UBA. Arbitrar 10s medios para que integrantes del CITEPIUBA participen de a1 menos 4 (cuatro) videoconferencias en un plazo de 2 (dos) aiios para el intercambio de informacion y conocimientos sobre herramientas para la gestion, capacitacion y asistencia a docentes en el uso de tecnologias educativas. Es responsabilidad de la UNNE: La difusi6n de las propuestas de formacion docente y la conformacion de 10s equipos docentes de trabajo para el desarrollo de casos, de problemas y a la seleccidn de 10s docentes que realizaran 10s cursos. Asumir 10s honorarios de 10s tutores de aquellos cursos virtuales que brinde la oferta de UBA.CITEP. Asumir 10s honorarios de 10s coordinadores tecnico-pedagbgicos que apoyaran y guiaran a 10s docentes que participen en USINA e INTEGRA y forrnen a quienes asumiran 10s aspectos tecnicos pedagdgicos por parte de la UNNE. Asumir 10s costos que implique la asistencia tecnica de 10s usuarios que se alojen en la entomos digitales de la UBA hasta el segundo afio en que se migrara a 10s servidores UNNE. Arbitrar 10s medios para que integrantes del Programa UNNE Virtual participen de al menos 4 (cuatro) videoconferencias con integrantes del ClTEP IUBA en un plazo de 2 (dos) aRos para el intercambio de informacion herramientas para la gestion, el uso de tecnologlas educativas. JUAN PGBLO MAS VELEZ SECRETARIO GENERAL capacitacibn y FINANCIAMIENTO Los Fondos para el cumplimiento del presente Convenio Especifico seran aportados por la UNNE a favor de la UBA, por un importe total de $ 133.200, suma que incluye el costeo de todos 10s recursos necesarios para la realizacion de las actividades planteadas, y sera abonada de la siguiente manera durante el atio 2016: Cuotas mensuales con 10s montos detallados El pago de las cuotas se realizara dentro de 10s primeros cinco (5) dias habiles de cada mes. JUAN PABLO MAS VELEZ SECRETARIO I GENERAL Lx-'