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estableceron programas especificos que contribuyan al  mejor cumplim~enfo de 
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10s 
propositos previstos en el objeto del presente. En  el caso de intercambio de 
profesores, docentes y/o investigadores,  tendra como finalidad intercambio de 
informacion,  dictado  de  cursos,  investigaci6n  cientifica,  actualizacior!  y 
perfeccionamiento  en  nuevas  tecnologias,  y/o  metodos.  En  el  supuesto  de 
intercambio  de  personal  tendra  como  finalidad  la  capacitacion  en  areas 
relevantes para cada institucion. 
'TERCERA: 
El 
intercambio tendra lugar durante un minimo de un 
(1) 
mes. 
El 
numero 
de estudiantes de intercambiosera determinpdo~p_or_muluo acuerdo entre las dos 
instituciones.  Los  estudiantes de intercambio seran  seleccionados con base  a 
criterios  determinados  por  la  institucion  de  origen,  per0  la  decision  final  de 
admision o rechazo estara bajo la responsabilidad de la institucion receptora. Los 
norr~bres de 
10s 
estudiantes de intercambio, junto con otra inforrnacion relevante, 
seran  notificados a  la institucion receptora como minimo 
on 
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~lntes qne 
SP 
haga efectivo el intercambio. Los  estudiantes  de UNISALLE  y 
LA 
FACULTAD  se 
haran cargo del costo de un seguro medico que 
10s 
cubra durante su  estadia en 
la  Universidad  de  Destino.  Asimismo,  ambas  instituciones  se  comprometen 
mutuamente  a  prestar  apoyo  para  el  acceso  a 
10s 
servicios  academicos, 
cientificos, tecnologicos y culturales a 
10s 
estudiantes de la contraparte. Coda 
parte designara un representante para coordinar estas  actividades y todas las 
trarrlitaciones que de ellas deriven. En  la UNISALLE  la coordinacion del Convenio 
estara a cargo del Jefe de la Oficina de Relaciones lnterinstitucionales. Las  tareas 
desarrolladas  por 
10s 
alumnos  de intercambio en  el  ambito  de  la  institucion 
receptora no generaran relacion juridica laboral, ni de ninglin otro tipo, entre 
10s 
mismos y la institucion receptora. Los  estudiantes pagaran el valor de la matricula 
en la universidad de origen. 
CUARTA: 
Se  estableceran registros 
y 
se  emitira un certificado para 
10s 
estudiantes 
de intercambio, el cual sera remitido a la Oficina de Relaciones lnternacionales o 
lnterinstitucionales por su  contraparte en la universidad de destino del estudiante. 
QUINTA: 
El  personal tecnico 
y 
docente que ofrezcan ambas instituciones para las 
aci-ividades relacionadas con el objeto del presente, habra de ser  aceptado por 
ambas partes bajo estrictos  principios de idoneidad profesional para las  tareas 
pretendidas. En  caso de sustitucion del personal tecnico y docente por una parte 
no importara indemnizacion o compensacion a  la  otra  parte. En  caso que la 
contraparte no acepte al sustituto y/o no exista un sustituto idoneo la contraparte 
tendra  el  derecho  de  denunciar  este  Convenio  sin  que  esto  genere 
indemnizacion y/o compensacion alguna. 
SEXTA: 
La  estadia de cualquier estudiante de intercambio podra ser  suspendida, 
si 
en su 
participation 
en el proyecto no cumple con las reglamentaciones internas 
de la institucion receptora.