EXP-UBA: 28.59412015 Buenos Aires, 6 7 J ~ N 2017 , VlSTO la Resolucion (D) Ad-Referendum No 1572114 ratificada por Resolucion (CD) No640114 y su modificatoria Resolucion (D) Ad-Referendum No968116 ratificada por Resolucion (CD) No260411 6 de la Facultad de Filosofia y Letras y lo dispuesto por la reglamentacion vigente, en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338182, I048187 y 1655187, y CONSIDERANDO Que por Resolucion (D) Ad-Referendum No 968116 ratificada por Resolucion (CD) No2604116 la Facultad de Filosofia y Letras solicita la aprobacion del Convenio Marco de Colaboracion suscripto entre la mencionada Unidad Academica y la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Seguridad de la Nacion. Que el objeto del Convenio Marco de Colaboracion es establecer un marco general de cooperacion y actuacion para programar y desarrollar actividades conjuntas y coordinadas, tendientes a la prevencion del delito y la violencia, a traves de la promocion de cursos, capacitaciones, talleres y practicas productivas que permitan, simultaneamente, reforzar 10s espacios de recreacion y creacion artistica de 10s participantes. Que las Direcciones Generales de Asuntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas han elaborado 10s informes tecnicos de su competencia, 10s que obran agregados a las presentes actuaciones. Lo informado por la Direccion de Presupuesto en su informe No24612016 Esta Comision de Convenios aconseja dictar la siguiente Resolucion. Por ello, y en uso de sus atribuciones EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE: ART~CULO lo.- Aprobar el Convenio Marco de Colaboracion suscripto entre la Facultad de Filosofia y Letras y la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Seguridad de la Nacion, cuya copia obra agregada a la presente Resolucion. ART~CULO2O.- Los convenios especificos que se celebren en el marco del presente deberan ser elevados a este Consejo Superior previa intervencion de las areas competentes. A R T ~ U L O3O.- Registrese, comuniquese a la Unidad Academica interviniente y por su intermedio a la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Seguridad de la Nacion y a la Direccion General de Presupuesto y Finanzas. Cumplido, archivese. EXP-UBA: 28.59412015 Luis Bruno Hector J. ~ l v a r e zCantoni Rodolfo A. Gollusci Federico L. Schuster Jorge Dominguez Efrain Benzaquen Lucas Valderrama p Ana G za z "2014.-Afio de hornenaje al Alrnirante Guillenno Brown, en el Bicentenario del Cornbate Naval de Monlevf&;o" . . . .-: .......... ....... CONVENIO NQ Ministerio de .. Seguridad Presidencia de la Naci6n - 013 "...... ..<., .-, ,.: . . >::, -. : . . . . . . . -.; ...: <.. .L: :. - . ..... .. .. . .. .<; .:... '. :=: , .. , 2,$'' . -.I 36..>..,....,;.:.;:, ... i.." . ] -- . I . , .. a .. . . . ; : $',:.;i:.. ; . . .: . '.-.;,;. - . <.: :-:.>.,:::.:j ~:<;+--- . .L .I : 6' ' .<< '," *a,..,,.,&. ' <' : , .--/ CONVENIO MARC0 DE COOPERACION Entre la SECRETAR~ADE SEGURIDAD del MlNlSTERlO DE SEGURIDAD DE LA NACION, en adelante "LA SECRETARIA representada en este act0 por su titular, Dr. Sergio Alejandro BERN1 (D.N.I. No 16.137.525), con domicilio en la Avenida Paseo Colon No 533, de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, por una parte, y la Facultad de Filosofia y Letras de la Universidad de Buenos Aires con domicilio en la calle Viamonte 430 Planta Baja, Ciudad Autonoma de Buenos Aires, en adelante "LA FACULTAD", representada en este act0 por su Decana, Dra. Graciela MORGADE (D.N.1: 14.156.014) de acuerdo a Resolution (CD) No 5495713, por la otra parte, conjuntamente denominadas "LAS PARTES" acuerdan celebrar el presente Convenio Marco y considerando: Que es competencia del MINISTER10 DE SEGURIDAD DE LA NACION, todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservation de la libertad, la vida y el patrimonio de 10s habitantes, sus derechos y garantias en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democratico. Que en el marco de dichas competencias se creo*. - la SECRETARIA DE SEGURIDAD, siendo una de sus competencias establecidas en el Decreto NO32812012 "Establecer politicas de coordinacidn multiagencial con las demas areas del gobierno para la prevencion del delito y la violencia. Atender las causas de la criminalidad, con politicas de prevencion social, interviniendo antes de que el delito se produzca." Asimismo, es competencia de "LA SECRETAR~A,entender en el desarrollo de politicas de accion orientadas a la atencion de poblaciones en situacion de vulnerabilidad, en relacion con contextos de violencia y delito. Forma parte de la SECRETAR~A DE SEGURIDAD la SUBSECRETAR~A DE PARTICIPACION CIUDADANA, cuyos objetivos son entre otros "Propender a1 acercamiento del Estado a la sociedad, a traves de la implementaci6n de ambitos parficipativos con presencia de /as instituciones policiales o /as areas del Eslado que ' '7 P lil deban brindar respuesta a la problsmatica . planteada y la iS COPlA FlEL DEL ORIGINAL "20I4.-Aiio de hornenaje al Alnlirante Guillenno Brown, en el Biwnrcnario del CombateNaval de Mc .. . . .. :.. . ., .'\ . Ministerio de . . Seguridad Presidencia de la Nacibn ( practicas sociales educativas, entre otros) mediante su inserci6n en proyectos y programas del CIDAC; Vehiculizar proyectos y programas orientados por las politicas de sus distintos niveles y financiamiento gubernamentales (en dependencias) que esten en sintonia con 10s objetivos politicos del Centro; Construir instancias de interconexion con las instituciones publicas que actljan en el territorio a fin de la complementacion. Por lo expuesto, las partes convienen celebrar el presente Convenio a tenor de las siguientes clausulas: PRIMERA: "LAS PARTES" convienen que el objeto del presente Convenio es establecer un marco general de cooperacion y actuation para programar y desarrollar -actividades conjuntas y coordinadas tendientes a la prevencion del delito y la violencia, a traves de la promocion de cursos, capacitaciones, talleres y practicas productivas que permitan simultaneamente reforzar los espacios de recreacion y creacion artistica de 10s participantes. SEGUNDA: Con relacion a1 objeto determinado en la clausula precedente, "LAS PARTES" acuerdan las siguientes acciones conjuntas, sin perjuicio de aquellas otras que pudieran sugerirse en el futuro: 1. Programar, disefiar, ylo ejecutar acciones conjuntas y coordinadas destinadas a la .prevenci6n del delito y la violencia, y la gestion institutional preventiva y no violenta de la conflictividad. Dicha cooperacion se instrumentara mediante cursos, capacitacibn, talleres de reflexion, talleres de entrenamiento, y/o cualquier otra actividad que resulte conveniente para el cumplimiento de 10s fines perseguidos. 2. Relevar y sistematizar inforrnacion situational diagnostica sobre acceso a derechos, vinculada a jovenes, adolescentes y niiios en situacibn de vulnerabilidad, en 10s territorios definidos para la irnplementacion de actividades. / 3. Disefiar e implementar el proceso y la ES ~zJPIAFIEL CMGlNAL ,,s,, ,,,,- Dia. lvthnri Pbtr , ; "+,, . '''..,, '2014.-Aiio de homenaje al AlmiranteGuillenno Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Mc z,y<& , 5; i <:>>:, ::*.' 13 CONVENIO NQ Ministerio de Seguridad Presidencia de la Naci6n ^ &:. -.: q:\ ! - *vp>g> - <+./ +*.. F. h SL<.'U -....,>. GY! -..$ :%, C..l ' ::; l i: . '2: ; . 38, -.........,..... ..ie; :,'? . .. , -2 \.',._,' ' +", ' k..' >. efectivamente la convocatoria en el territorio involucrado, invitando a participar de 10s cursos y talleres. 4. Acompaiiar con tareas de coordinacion, facilitacion y Iogistica 10s cursos, capacitaciones, talleres y practicas vincutadas a prevencion social del delito y la violencia destinadas a poblaciones en situaci6n de vulnerabilidad. 5. Acompafiar con tareas de seguimiento a 10s participantes de 10s cursos y talleres en materia de prevencion social del delito y la violencia, a fin de relevar demandas en relacion a acceso a derechos y garantizar su continuidad en las propuestas implementadas. 6. lmplementar en forma articulada y conjunta acciones de colaboracion y cooperacion con otras organizaciones sociales y comunitarias a fin de promover actividades comunes referidas a la prevencion del delito y la violencia. TERCERA: Las acciones desarrolladas seran SUBSECRETAR~ADE PARTICIPACION CIUDADANA rnonitoreadas 2 por la traves de la DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DEL DELITO Y LA VIOLENCIA ylo de la DIRECCION NACIONAL DE PARTICIPACION COMUNITARIA, que fijaran cornplementariamente 10s detalles de su ejecucion, 10s recursos necesarios para cumplir con las finalidades expuestas en 10s mismos, asi como las responsabilidades especificas que le corresponden a cada una de las'partes intervinientes como a las personas designadas por estas, en el Convenio Especifico. CUARTA: "LA SECRETARIA le delega facultades a la Subsecretaria de Participacion Ciudadana, a la Direccion Nacional de Participacion Comunitaria y a la Direccion Nacional de Prevencion del Delito y la Violencia, para firmar 10s Convenios Especificos, que entendieran necesarios, con "LA FACULTAD", a efectos de la implernentacion de Programas ylo Proyectos dentro de 10s limites del presente 0 ' Convenio Marco. DEL ORlGlNAL - 4 Dra. ivanrla Petz Secrersrie de Ex;snsi6n Universitar!a y Oie:ics;ar Estudianiil "2014.-Aiio de homenaje a1 Alrnirante Guillermo Brown, en el Bicentenario dcl Cornbate Naval de Mo Presidencia de la Nacibn QUINTA: "LA I SECRETARIA se compromete irnplementacion del Proyecto, garantizando a la evaluacion y monitoreo de la ademas relaciones con otras instituciones y agencias estatales con el objeto de ejecutar de manera acabada las acciones propuestas. SEXTA: "LA FACULTAD" se compromete a identificar y seleccionar conjuntamente con "LA SECRETAR~" 10s integrantes de 10s equipos de trabajo, con el fin de monitorear y sistematizar 10s procesos y elevar informes cuando asi lo solicitara "LA SECRETARIA" ylo la Subsecretaria de Participacion Ciudadana ylo la Direccion Nacional de Participacion Comunitaria ylo Direccion Nacional de Prevencion del Delito y la Violencia. SEPTIMA: Las tareas y especificidades a que dara lugar el presente Convenio deberan ser instrumentadas en Convenios Especificos, los cuales seran suscriptos por la Subsecretaria de Participacion Ciudadana y/o la Direccion Nacional de Participacion Comunitaria ylo la Direccion Nacional de Prevencion del Delito y la Violencia y "LA FACULTAD". OCTAVA: Las actividades mencionadas se desarrollaran en las instalaciones que oportunamente se designaren conjuntamente por "LAS PARTES", en cada Convenio Especifico. NOVENA: El plazo de vigencia del presente sera de DOS (2) atios, contados a partir de su suscripcibn, siendo renovable en forma automatica por periodos sirnilares de no mediar rescision explicita, pudiendo, "LAS PARTES" en cualquier rnomento, rescindir unilateralmente el presente Convenio Marco de Cooperacibn, sin invocacion de causa alguna, debiendo notificar en forma fehaciente a fa otra parte n acerca de su decision con un preaviso no inferior a TREINTA (30) dias, comprometiendose a continuar hasta su finalizaci6n las tareas ylo proyectos, que se encuentren en proceso de ejecucibn. fi "20 14.-ARo de hornenaje a1 Almirante Guillenno Brown, cn el Bicentenario del Combate ~ a v a de l Montevibcu Ministerio de Seguridad .. . Presidencia de la Naci6n 1 DECIMA: En cualquier actividad a desarrollarse en el marco del presente convenio, cuando ello resulte pertinente, se utilizara el logo ylo isotipo de la Universidad de Buenos Aires, previa autorizaci6n de Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, de conformidad a la Resolution (CS) No 3404199". DECIMO PRIMERA: La suscripci6n del Convenio no implica otro vinculo entre las partes que el que deriva directamente del presente. Las partes mantendran su individualidad y autonomia y se encuentran facultadas para realizar convenios similares con otras instituciones. DECIMO SEGUNDA : Las partes se comprometen a mantener en estricta confidencialidad y a no revelar a terceros cualquier informacibn que llegue a su conocimiento a traves del presente convenio y que se relacione con desarrollos tecnicos, etc. que Sean de propiedad intelectual ylo industrial de la otra parte, salvo previo consentimiento por escrito de esta Gltima. DECIMOTERCERA: Todo gasto ylo erogaci6n que corresponda a la Facultad de Filosofia y Letras de la UBA que se origine con motivo del presente convenio sera afrontada con recursos propios de la FACULTAD que el Consejo superior haya asignado a esa Unidad Academica. DECIMO CUARTA: Los resultados parciales o definitivos, obtenidos a traves de las tareas programadas podran ser publicados de comun acuerdo, dejandose constancia en las publicaciones de la participacion correspondiente a cada una de las partes. La propiedad de 10s resultados intelectuales alcanzados sera establecida en 10s convenios especificos, en funcion de 10s aportes de cada una de las partes de acuerdo a la normativa vigente de la Universidad. DECIMO QUINTA: "LAS PARTES" observaran en sus relaciones el mayor espiritu de colaboraci6n y las mismas se basariin en 10s principios de buena fe y cordialidad m ES COPiA FlEL DELORlGiNAL & S ~ ~ ~ ~ ~ ~ Secr?:zria de Ex:snsirjn Univsni:ariz y 8ie1iea:ar Es;udiantil ~ . ~ "20 14.-Afio de homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Dicentenario del Combate Naval de Montevidh Ministerio de Seguridad , . Presidencia de la Naci6n I en su atencion a 10s fines perseguidos en cornision con la celebraci6n del presente acuerdo. Sin perjuicio de ello, las controversias que pudieran suscitarse del presente Convenio, seran sometidas ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal de la Nacion. A tales efectos, las partes constituyen domicilio legal en 10s consignados respectivamente en el presente, donde seran validas tanto las notificaciones judiciales como todas las comunicaciones y notificaciones vinculadas con el desarrollo y aplicacion de las clausulas contractuales. En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor y a un ..'?? .....dias del solo efecto en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a 10s mes d e . ; B ? \ d e . ........ del atio 2014.- Decana Facultad de U.B.A 2 9 DIC 2014 ES COPlA FlEL DEL OJIGIMAL