Normativa para reconocimiento de créditos por ciclos formativos grado superior Página 1
EKONOMIA ETA ENPRESA ZIENTZIEN FAKULTATEA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES
NORMATIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES PARA EL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE GRADO POR
ESTUDIOS DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
Según el Real Decreto 861/2010 (BOE 161 de 3 de julio de 2010) y la Ley Orgánica 4/2011 (BOE 61 de 12
de marzo de 2011) podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas
superiores oficiales.
Las universidades y las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, promoverán la
generación de entornos integrados de educación superior, donde se desarrollen nuevos modelos de
relaciones entre el tejido productivo, la universidad, la formación profesional y los organismos
agregados, con el fin de crear innovación científica y empresarial.
Se entiende por entorno integrado de educación superior aquel campus universitario que incorpore en
su ámbito de influencia centros de formación profesional que impartan ciclos formativos de grado
superior cuyas familias profesionales se encuentren relacionadas con las especializaciones del campus.
Vistos los decretos de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y la “Normativa de gestión
para las enseñanzas de Grado de la UPV/EHU”, la Junta de la Facultad de Ciencias Económicas y
Empresariales, a propuesta de la Comisión de Ordenación Académica, y en su sesión celebrada el 31 de
enero de 2013, acuerda regular los condiciones de reconocimiento de créditos por Ciclos Formativos de
Grado Superior, con los siguientes criterios:
• A quienes posean el título de Técnico Superior (Ciclos Formativos de Grado Superior), o equivalente
a efectos académicos, y cursen enseñanzas universitarias de grado relacionadas con dicho título, se
convalidarán un mínimo de 30 créditos y hasta un máximo de 36 créditos ECTS.
• Los créditos por reconocimiento de Ciclos Formativos, acumulados a los que pudieran ser
reconocidos por experiencia profesional o laboral y por enseñanzas universitarias no oficiales, no
podrán superar en su conjunto el 15% del total de créditos del plan de estudios (es decir 36
créditos).
• Podrá solicitarse el reconocimiento de créditos correspondientes a las asignaturas y prácticas que
aparecen en la tabla que se adjunta.
• El reconocimiento se efectuará, de manera conjunta y en una sola vez, el primer año de matrícula en
los estudios de grado.
• El reconocimiento de créditos, en el caso de asignaturas, se calificará con un 5,5 y de la misma
manera para todas las asignaturas.
• Documentación a presentar
o Impreso de solicitud
o Certificado o documento que acredite que se ha superado el Ciclo Formativo y/o el
expediente académico con indicación expresa de la nota media.