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EKONOMIA ETA ENPRESA ZIENTZIEN FAKULTATEA 
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES 
NORMATIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES PARA EL 
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE GRADO POR 
ESTUDIOS DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR  
 
Según el Real Decreto 861/2010 (BOE 161 de 3 de julio de 2010) y la Ley Orgánica 4/2011 (BOE 61 de 12 
de  marzo  de  2011)  podrán  ser  objeto  de  reconocimiento  los  créditos  cursados  en  otras  enseñanzas 
superiores oficiales. 
Las universidades y las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, promoverán la 
generación  de  entornos  integrados  de  educación  superior,  donde  se  desarrollen  nuevos  modelos  de 
relaciones  entre  el  tejido  productivo,  la  universidad,  la  formación  profesional  y  los  organismos 
agregados, con el fin de crear innovación científica y empresarial. 
Se entiende por entorno integrado de educación superior aquel campus universitario que incorpore en 
su  ámbito  de  influencia  centros  de  formación  profesional  que  impartan  ciclos  formativos  de  grado 
superior cuyas familias profesionales se encuentren relacionadas con las especializaciones del campus. 
Vistos los decretos de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y la “Normativa de gestión 
para  las  enseñanzas  de  Grado  de  la  UPV/EHU”,  la  Junta  de  la  Facultad  de  Ciencias  Económicas  y 
Empresariales, a propuesta de la Comisión de Ordenación Académica, y en su sesión celebrada el 31 de 
enero de 2013, acuerda regular los condiciones de reconocimiento de créditos por Ciclos Formativos de 
Grado Superior, con los siguientes criterios: 
• A quienes posean el título de Técnico Superior (Ciclos Formativos de Grado Superior), o equivalente 
a efectos académicos, y cursen enseñanzas universitarias de grado relacionadas con dicho título, se 
convalidarán un mínimo de 30 créditos y hasta un máximo de 36 créditos ECTS. 
• Los  créditos  por  reconocimiento  de  Ciclos  Formativos,  acumulados  a  los  que  pudieran  ser 
reconocidos  por  experiencia profesional o  laboral  y  por  enseñanzas  universitarias  no  oficiales,  no 
podrán  superar  en  su  conjunto  el  15%  del  total  de  créditos  del  plan  de  estudios  (es  decir  36 
créditos). 
• Podrá solicitarse el reconocimiento de  créditos correspondientes a las asignaturas y  prácticas que 
aparecen en la tabla que se adjunta. 
• El reconocimiento se efectuará, de manera conjunta y en una sola vez, el primer año de matrícula en 
los estudios de grado. 
• El  reconocimiento  de  créditos,  en  el  caso  de  asignaturas,  se  calificará  con  un  5,5  y  de  la  misma 
manera para todas las asignaturas. 
• Documentación a presentar 
o Impreso de solicitud 
o Certificado  o  documento  que  acredite  que  se  ha  superado  el  Ciclo  Formativo  y/o  el 
expediente académico con indicación expresa de la nota media.