EXP-UBA: 2081504/2009 Buenos Aires, 2t 141 ~ VISTO las Resoluciones de la Facultad de Medicina (CO) Nros. 32/07, 565/07 Y 1577/07 Y lo dispuesto por la reglamentación vigente, en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338/82, 1048/87 Y 1655/87, Y CONSIDERANDO Que por Resoluciones (CD) N° 32/07,565/07 Y 1577/07, la Facultad de Medicina solicita la ratificación del Programa de Asistencia Técnica, de su renovación y de su segunda prórroga entre la mencionada Unidad Académica y la Superintendencia de Servicios de Salud. Que el Programa tiene como objeto que la Facultad de Medicina brinde asistencia a fin de realizar estudios técnicos en Evaluación de Tecnologías Sanitarias, según requerimiento de la Superintendencia, a través de la Gerencia de Control Prestacional, que permita un análisis exhaustivo de la viabilidad y conveniencia de la inclusión de dichas tecnología al P.M.O. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General Presupuestaria y Contable y la Dirección de Convenios y Tran~ferencia de Tecnología han elaborado- los informes técnicos de su competencia, los que obran agregados a las presentes actuaciones. Que la Comisión de Convenios aconseja dictar la siguiente Resolución EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE: ARTICULO 1°._ Ratificar el Programa de Asistencia Técnica, la renovación y la segunda prórroga entre la Facultad de Medicina y la Superintendencia de Servicios de Salud, cuyas copias obran agregadas a la presente Resolución. ARTICULO 2°._ En el caso en que hubiera asistencia técnica, ésta deberá ser adecuadamente retribuida. ~ ~ ~181020101 . . . UB.ABICENTENARIO -------_.--- ARTICULO 3º.- Los convenios específicos que se celebren en el marco del presente deberán ser elevados a este Consejo Superior para su aprobación. Los planes de trabajo deberán, asimismo, ser formalizados mediante convenios específicos. ARTICULO 4º.- Todo eventual gasto que se genere por este convenio, o por los convenios específicos vinculados al mismo que se suscriban en el futuro, por parte de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, será afrontado por la Universidad de Buenos Aires con fondos propios de esa Unidad Académica. Los recursos que ingresen por su ejecución integrarán la subcuenta del Financiamiento 12 Recursos Propios de la Facultad de Medicina, habilitada a tal fin. ARTICULO Sº.- Regístrese, comuníquese a la Unidad Académica interviniente, notifíquese a las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y 'Presupuestaria y Contable, pase a la Dirección de Convenios y Transferencia de Tecnología a sus efectos yarchívese. GC BOVERIS, Alberto GOLLU URDAMPILLETA, Esteban dd:r.derico DE GORI, Esteban HENKEL, ristian OLALLA, Agustín ANO, usana Haydee ~tnc~ ,,1/'. " ~.' . -:J!, :i .', " 1 Expte. 503. Expte. 503 ~ , ,,' /'l..:: -r-a:-:~,---",~~-",. ,....:~ ANEXO -," .. .... , o' PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNICA l SUPERiNTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Y FÁCULTAO DE MEDICINA U.B.A. i I I , i , I Entre la Superintendencia de Servicios de Salud, con domicilio en la Avda. Roque.Saenz : ' Peña 530 de la Ciudad Autónoma de Buenos Alres, representada er este acto por el Sr. Héctor Adrián Capaccioli, en su carácter de Superintendente de S~rvicios de Salud, en 'adelante "La Superintendencia", por una parte y la Facultad ¡de Medicina de la I Universidad de Buenos Aires representada en este acto por su pecano Profesor Dr. Alfredo Bussi, en adelante "La Facultad", con domicilio en Paragu~y 2155 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud d~ lo establecido en el Con~nio Marco suscripto entre las partes, acuerdan en celebrar el presente Programa de Asistencia Técnica de . ' conformidad a los siguientes términos: '. ~ PRiMERA: MARCO NORMATIVO I El presente contrato se encuadra en el Convenio Marco celebrado oportunamente entre "La Superintendencia" y "La Facultad". SEGUNDA: OBJETO ALa Facultad" brindará asistencia a fin de realizar estudios técnicos en Evaluación de e". ¡ -;; ~. :'~ '1 ....... tal"" ... • Tecnoloqías Sanitarias, según requerimiento de ALa Superintendencia" a través de la Gerenci2 de Control Prestacional, que permita un análisis exhaustivo de la viabilidad I ' •• ... . ..... . • IJ' ••• .. ~ ce.onveniencia de la inclusión de dichas tecnoloqlas al P.M.O. o:> ~ iiia: t oLl.I/l o tERCERA: RECURSOS HUMANOS E INFORMACION S:-~W aI,a .::~.: ...._oo o': "«014 ~ ~ y o E::.: ~ c........ ·'L:-....-acultad" se obliga a poner a disposición en el lugar que "La Superintendencia" . (, ~ ~etermine, los recursos humanos idóneos necesarios para realizar la tarea encomendada. . , . "La Superintendencia" se obliga a facilitar al Director del Programa designado por "La Facultad", toda la información necesaria encomendada. y suficiente para poder ,levar a cabo la tarea \ \~ , ?f.... ( e lO CASTAAO :NDENTE . , <:"rvlclos M ~I,," J.r. Dpto. eeepacho . CUARTA: VIGENCIA El presente contrato tendrá una vigencia de 6 (seis) meses. contados a. partir de la fecha .- de suscripción del presente Programa de Asistencia Técnica. . ; , QU!NTA: PRECIO Y'FORMA DE PAGO ; Se pacta una suma mensual de $ 15.900 (Pesos Quince Mil Novecientos). Para este . : pago. "La Facultad" presentará la facturación dentro de los cinco (5) días de vencido el mes correspondiente al de la presentación junto con el informe mensual. "La . Superintendencia" se compromete a abonar dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes. SEXTA: RESCISION I Et presente contrato podrá ser rescindido unilateralmente por cualquiera de las partes. sin expresión de causa. debiendo notificarse tal circunstancia de rnooc fehaciente con trelnta (30) días de anticipación, sin que ello genere derecho a indemnización o resarcimiento alguno. SEPTIMA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION ; l.. Las personas asignadas por la facultad. deberán considerar lnformaclón confidencial ., ~ • toda la Que reciba o lIecue a su conocimiento con motivo del desarrollo de su trabajo en .p. ., :;:¡ ~ ~ .: ~ ~cesamiento'desu información. En consecuencia. quedarán obligados a no revelar o ... ... ........ '. ~ ,=0 :. • e;: . el presente Programa. sea información relacionada con las actividades como del ~ , 0::..-- : ~ iD ~~ministrar total o parcialmente la información mencionada precedentemente, a ninguna < ............ " §rsona' que no sea expresamente autorizada por-La Superin~endencia", ya fuere ..... -, rante o después de la expiración del presente Programa. 12 ............. O~ ... ... 0 . . . . ... 0 0 . . PO ... ..... 1-19 ... e: o • • ",~ ~ OCTAVA: PROPIEDAD INTELECTUAL Los derechos intelectuales originados en los trabajos realizados en el marco de este contrato serán de propiedad de "La Superintendencia". f Expte Ex.p t ~_. ---=----- --,..-- .,. .t 1"\ • " ~,4 ~'. ir NOVENA: PROHIBICION DE ceDER El presente contrato no podrá ser cedido, sin perjuicio de la prerrogativa a favor de MLa ) Facultad" de encomendar a terceros la realización de tareas esp~clficas qUEr.por su complejidad, le fuera Imposible realizar por' sr y bajo su exclusiva responsabilidad. El pago al tercero será efectuado por -La Facultad". DECIMA: CONTROVERSIAS En caso de controversia en la interpretación o implementación del presente, las partes I acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales ¡¡competentes. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que las nonñcaclones judiciales a -La Superintendencia" deberán ser cursadas a Av. Roque Saenz! Peña 530 de esta Ciudad; -La Facultad" constituye domicilio legal en la ca.lle Paraguay! 2155 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas las notificaciones jUdiciales; como asi también, las comunicaciones extrajudiciales vinculadas con el desarrollo y aplicación de . las cláusulas contractuales. En prueba de conformidad y aceptación de las cláusulas del presente se firman dos (2) ejemplares de Igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma ¡de Buenos Aires. a los J1 dias del mes de (fSI¡ del año 2006. ¡ ... 0u1h" PrOf. eniérito Alfredo :Oecano "ertifico' fotocopia del origin la vista. O i L: MARcao CAST~O Jefe Opto. OeepecIJo . auzz' ~- Jib'ÚM1f:Jid'aeI¿ 9BrMHH16 ~ r2Facatt.aJ de Q/(.lecIicina RENOVACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCN'ICA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Y FACULTAD DE MEDICINA U.B.A. Entre la Superintendencia de; Servicios de 'Salud, con domicilio en la Avda. Roque Saenz Peña 530 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, répresentada en este acto por el Sr. Héctor Adrián Capaccioli, en su carácter de Superintendente de Servic,ios de Salud, en adelante "La Superintendencia", por una parte y la Facultad de Medicina de la Universidad de ~uenos Aires represerttada en este acto por su Decano Prof~~or Dr. Alfredo Buzzi, en adelante "La Facultad", con domicilio en Paraguay 2155 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo establecido en el Convenio Marco celebrado entre las partes, acuerdan en renovar el Programa de Asistencia Técnica suscripto el 22 de agosto de 2006, de conformidad a los siguientes términos:~~----------------------------PRIMERA: MARCO NORMATIVO El presente acuerdo se encuadra en el Convenio Marco celebrado oportunamente entre "La Superintendencia H y "La Facultad", aprobado por Resolución (CO) 1162/06.--------Sl!1Gl3NDA: OBJETO "La Facultad" brindatá asistencia a fin de realizar estudios técnic05 en Evaluación de Tecnologías Sanitarias, según requerimiento de "La Superintendencia" a través de la Gerencia de control Prestacional, que permita un análisis exhaustivo de la viabilidad y conveti.í.enq.í.a de la inclusión de dichas tecnologías al P.M.O.--~-----------------~--------- _ TERCERA: RECURSOS HUMANQS E INFORMACIÓN "La Facultad" se obliga a poner a disposición en el lugar \ \ que "La Superintendencia" determine, los recursos humanos ~~~~~d6neos necesarios para realizar la tarea encomendada. nR~G/lS\al'\~~.Leqa\e~ ~ Expte. 503.294/06-A 9 I,:ífioo !.);';ocopia es ·.::;;1 original ': a vista. 00 'J . ,........ ''1.1''''¡7''~ ~ ~ ~Ht rffa(%(.Ittutde Q/~ "La Superintendencia" se obliga a facilitar al, Director del Programa designado por "La Facultad", toda la información necesaria y suficiente' para poder llevar a cabo la tarea encomendada.----~~-----~------------------CUARTA: VIGENCIA El presente contrato tendrá una vigencia de 6 (seis) contados a partir ~de la fecha de suscripción del presente Programa de Asistencia Técnica.----------------- meses~ QUINTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO Se pacta una suma mensual de $ 15~900 (Pesos Quince Mil Novecientos). Para este pago, "La Facultad" presentará la facturación dentro de los, cinco (5) días de vencido el mes correspondiente al de -l a presentación j unto con el informe mensual. "La Superintendencia" se compromete a abonar dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes.---------------;--------------------------SEXTA: RESCISION El presente contrato podrá ser rescindido unilateralmente por cualquiera de las partes, sin expresión de causa, debiendo notificarse tal circunstanci~ de modo fehaciente con treinta (30) días de anticipación, sin que ello genere derecho a indemnización o resarcimiento alguno.--SÉPTIMA: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Las personas asignadas por la facultad, deberán información co~fidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento con motivo del desarrollo de su trabajo en el presente Programa, sea información relacionada con las actividades como del procesamiento de su información. En consecuencia, quedarán obligados a no revelar o suministrar total o parcialmente la información \ , mencionada precedentemente, a ninguna persona que no sea \, ;':í"'\'Irc.~~resamente autorizada por "La Superintendencia", ya consider?~ \)ít '!'l, (jt-S":(J~~ de s. \.e~a\e (,{e\; o , slitse .. '.<;rti!1oo que fotocopia es del original la vista. 00 1\l}\~L S ' DI E T R ("""SE o DIRECTIVO 1-- ¡.;..-•/• '~. ,, , jo; .. ':;¡¡'u'V8traidacl ¿ ~161UllJ ~ r:fl:aculttul ti,; G'~na. fuere durante o después de la axp í.r ac í.ón del presente Programa.-----------------------------------------------OCTAVA: PROPIEDA INTELECTUAL Los derechos intelectuales originados en los trabajos realizados en el marco de este contrato serán de propiedad de "La Superintendencia".---------------------NOVENA: PROHIBICIÓN DE CEDER El presente contrato no podrá 'aer cedido, sin perjuicio de la prerrogat.iva a favor de "La Facultad" de ericomenda r a terceros la realización de tareas especificas que por su complejidad, le fuera imposible realizar por sí y bajo su exclusiva responsabilidad. El pago al tercero será efectuado por "La Facultad"_----------------------------DEClMA: CONTROVERSIAS En caso de controversia en la interpretación o implementación del presente, las partes acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que las notificaciones judiciales a "La Superintendencia" deberán ser cu r s ada s a Av. Roque Saenz Peña 530 de esta Ciudad; "La Facultad" constituye domicilio legal en la' calle Paraguay 2155 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas las notificaciones judiciales; como así también, las comunicaciones extrajudiciales vin~uladas con el desarrollo y aplicación de las cláusulas contractuales. . En prueba de conformidad y aceptación de las cláusulas del presente se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, .en la Ciudad Autónoma de Buenos A1Kes, a los IS- días dei mes de marzo del año 2007.~ ~~ \ . ~~,,~ l::.SIt>-\'\lt U ~S\.\os~\,;IG '.i\ ~¿~ t\'iJ. .. \.e~a\es ~ r I. . --~._. -~--------"--- Expte. SOJ.294/0h-A 9.- SEGL~A PRÓRROGA DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNIC~ SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Y FACULT_w DE MEDICINA U.B.A. w :.=' UJ c,,;: ..... u... '. ~~ .::: o i- 'lJ oc!:: 'tu ~ :..'...! Entre la Superintendencia de Servicios de Salud, cc n domicilio en la Avda. Roque Saenz Peña 530 de la c.:i~lrl(1 el Autónoma de Buenos Aires, representada en es te acto po : el Sr. Héctor Adrián Capaccioli, en su caráctec d~ Super intendente de Servicios de Salud, en ade.Lante "[..1 Supe r in tendencia", por una parte y la Fa cu I t a d (:i,·' Medicina de la Universidad de Buenos Aires r ep r es e n tad-. en este acto por su Decano Profesor Dr. Alfredo 8uz=~, en adelante "La Facultad" I con domicilio en Paraguay 21~S clt la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud rtA l·, establecido en el Convenio Marco celebrado entre l~~ partes, acuerdan prorrogar la vigencia del I?roqr3.ma d~ Asistencia T~cnica suscripto el 22 de agosto de 2006, el cual fuera renovado mediante acuerdo del 15/UJ¡O~. aprobado por Resolución (CD) 565/07, de conformidad d l.o.: siguientes términos:------------------------------- \."". PRIMERA.: ~..ARCO NORMAT IVO El presente acue:rdo se encuadra en el Convenio Ma c('n celebrado oport unamente entre "La Superin tendenc i a " i "L,i Facultad", aprobado por Resolución (CO) 1162/06.--------SEGUNDA:· OBJETO "La facultad" brindará asistencia a fin de redli=.;¡:: estudios técnicos en Evaluación de 'I'ec no Loqi.a.: Sani tarias, según requer imien to de "La Superin tend€:nc: 1..6 '/ a través de la Gerencia de control I?restaciona I , ''-:¡UI' permita un análisis exhaustivo de la viabilidad J conveniencia de la inclusión de dichas tecnologi.as "~ P.M.O.--------------------------~-------~---------------- TERCERA: RECURSOS HUMANOS E INFORMACIÓN ¡-.li'i1n Benzaquer -f-':-R í·TA~ ", (iFNU'J' I I I •UL. T'm:-trlta.a de . 0.'1 l, /(/{.(iruCf. . na Expte. Sü3.294/ü6-A 9.- "La t'acultad" se obliga a poner a disposición en el luga r que "La Su~erintendencia" determine, los recursos humanos idóneos necesarios para realizar la tarea encomendada. "La Superintendencia" se obliga a facilitar al Director del Programa designado por "La Facultad", toela la .información necesaria y s u f icien te para poder lle va r a ~abo la tarea encomendada.------------------------------CUARTA: VIGENCIA La pre sente prórroga tendrá una vigencia de 6 (se is i meses, contados a partir del vencimiento del Acuerdo de Renovación del Programa de Asistencia Técnica, ap r oba do por Resolución (CD) 565/ü7.----------------------~------QUINTA: PRECIO Y FO~A DE PAGO Se pacta una suma mensual de $ 15.900 (Pesos Quince M.i..L Nove c i.en t o s ) . Para este pago, "La Facultad" presentará La facturación dentro de los cinco (5) días de vencido el mes correspondiente al de la presentación junto con e l infotme mensual. "La Superintendencia" se compromete a. abonar dentro de los cinco (S) días habLles subsiguientes.-------------~----------------------------SEXT_~: RESCISION El presente contrato podrá ser rescindido unilateralmente por cualquiera de 'las partes, sin exp r e s i on de causa, debiendo notificarse tal circunstancia de modo fehaci8nt~ con treinta (30) días de anticipa~ión, sin que ello genere derecho a indemnización o resarcimiento alguno.--SÉPTIMA: CONFIDENCIALID~D DE LA INFORMACIÓN personas asignadas ~or la facultad, debecán ~onsiderar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento con motivo del desarrollo de su trabajo en el presente Programa, sea Lnf o r mac i on relacionada con las actividades como del procesami~ntü de su información. En consecuencia, quedarán obligados a no revelar o suministrar total o parcialmente la informaclón Las U,,,- 1,. I Expte. S03.294/D6-A 9.- mencionada precedentemente, a ninguna persona que no sea e:-<:presamente autorizada por "La Superintendencia", ~fa fuere durante o después de la expiración del p r e s e n r.e Programa.------------------------------------------------ OCTAVA: PROPIEDA INTELECTUAL Los derechos intelectuales originados en los trabajos realizados en el marco de este contrato serán de propiedad de "La Superintendencia~.---------------------NOv~NA: PROHIBICIÓN DE CEDER El presente contrato no podrá ser cedido, sin perjuicio de la prerrogativa a favor de "La facultad" de encomendar i;l terceros la realización de tareas e ap e c i f i ca s que por Sil complejidad, le fuera imposible realizar por sí y bF.ljo s u exclusiva responsabilidad. El pago al tercero s e rá efectuado por "La Facultad".--:---------------------------DECI~~: CONTROVERSIAS En caso de controversia en la interpretación o implementación del presente, las partes acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Fe d e r a l.e s competentes de la Ciudad Autónoma de Buenos AireS, dejando constancia que las notificaciones judiciales a "La Superintendencia" deberán ser cursadas a Av. Roque Saenz Peña 530 de esta Ciudad; "La Facultad" constituye domicilio legal en la calle Paraguay 2155 de la Ciudad Au r.ón orna de Buenos Aires, donde serán válidas las no ti f icaciones judiciales; como as i, también, la oS comunicaciones extrajudiciales vinculadas con el desarrollo y aplicación de las cláusulas contractuales. En p r ueba de conformidad y aceptación de las c Lá u s u La s del presente se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de agosto del año 2007.- r: I ~1 PACF. EMERlTO ''''lFf~EDO BUZZI oeCANO