CONVENIO
ENTWE
LA
CBNFEDERACI~N
ARGENTINA DE
HOCKEY
SOBRE
C~SPED
Y
PISTA
Y
LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
Entre la
CONFEDERAC~ON
ARGENTINA DE HOCKEY SOBRE
CESPED
Y
PISTA, representada en este act0 por su Presidente, Dr. Anibal Domingo
FERNANDEZ,
con domicilio en Avenida de Mayo
No
676, ler piso de la
Ciudad Aut6norna de Buenos Aires, en adelante la "CAHSCYP"; y la
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, representada en este act0 por su
Rector, Medico Veterinario Dr. Ruben HALLU, con domicilio en la calle
Viarnonte No
430,
Planta Baja, de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires
-
Direcci6n de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Rectorado y Consejo
Superior, en adelante '"BA, acuerdan en celebrar el presente convenio, en
base a las siguientes consideraciones:
Que el deporte y 10s valores que su practica inculca constituyen un factor
educativo coadyuvante a la formaci6n integral del hombre, a la vez de un
recurso para la recreaci6n y esparcirniento de la poblaci6n.
Que integrar un seleccionado nacional en cualquiera de sus categorias, sin
importar el deporte de que se trate, es sin6nimo de excelencia y el mas alto
honor al que puede aspirar un deportista.
Que, sin embargo, alcanzar dicho objetivo implica, a la vez, un cllrnulo de
exigencias que obliga a 10s deportistas de elite a dedicarle una parte
importante de su tiernpo, muchas veces en detriment0 de la posibilidad
estudiar y trabajar.
Que, entre 10s ejemplos claros de las dificultades que se presentan a estos
deportistas a la hora de encarar sus estudios de grado, se cuentan: la carga
koraria que deben dedicar a entrenamiento y preparaci6n; la necesaria
dispor~ibilidad de dias para participar en las competencias nacionales e
internacionales y la falta de recursos econ6micos para acceder y permanecer
en la cursada y procurarse 10s materiales de estudio.
Que las partes coinciden en expresar su interes en la formaci6n y educaci6n
de 10s deportistas que integran 10s distintos seleccionados nacionales de
hockey sobre cesped y pista.
Que, en consecuencia, reconociendo las exigencias inkerentes a la prictica
T
deportiva al maximo nivel, juzgan conveniente adoptar las medidas
pertinentes a fin de posibilitar a estos deportistas de elite una correcta
conjugaci6n de sus obligaciones como integrantes de las selecciones
nacionales y sus tareas de estudio, sin desmedro de la bllsqueda de la
excelencia academica.