EXP-UBA: 10.48112012
Buenos Aires,
8
6
NOV,
2013
VlSTO la Resolucion (CD) No 236611 1 de la Facultad de Agronorr~ia y lo
/
dispuesto por la reglamentacion vigente, en particular por las Resoluciones (CS)
Nros. 338182, 1048187 y 1655187, y
Que por Resolucion (CD) No 2366111 la Facultad de Agronomia solicita la
ratification
del Meniorandum de Entendin-riento suscripto entre la mencionada
Unidad Academica y el Consorzio per I'AREA di Ricerca Scientifica e Tecnologica di
Trieste (Consorzio AREA) (Italia).
Que el Memorandum de Entendimiento tiene como objeto facilitar
mutuamente el intercambio de personal y de delegaciones encargadas de estudiar,
disenar, desarrollar y gestionar el futuro Parque Cientifico y Tecnologico de Buenos
Aires y la plataforma asociada de servicios para la innovacion, con el fin de definir
claramente todos 10s componentes del estudio de factibilidad, el proyecto ejecutivo y
la puesta en marcha de dicho Parque.
Que la Secretaria de Relaciones Internacionales y las Direcciones Generales
de As~~ntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas han elaborado 10s informes
tecnicos de su competencia, 10s que obran agregados a las presentes actuaciones.
/"
Lo analizado por la
Direction
de Presupuesto en su informe No 252113.
Esta Comision de. Convenios aconseja dictar la siguiente Resolucion.
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE
LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AlRES
RESUELVE:
ART~CULO
lo.-
Ratificar el Memorandum de Entendimiento suscripto entre la
Facultad de Agronomia
y
el Consorzio per I'AREA di Ricerca Scientifica e
Tecnologica di Trieste (Consorzio AREA) (Italia), cuya copia obra agregada a la
presente Resolucion.
ART~CULO
2O.- En el caso en que hubiera asistencia tecnica, esta debera
ser adecuadamente retribuida.
ARI-ICULO
3O.- Los convenios especificos que se celebren en el marco del
.I
EXP-UBA:
10.4811201 2
\.
presente deberan ser elevados a este Consejo Superior, previa intervencion de las
areas competentes.
ART~CULO
4O.-
Registrese, comuniquese a la Direccion General de Presupuesto
y
Finanzas
y,
pase a la Secretaria de Relaciones lnternacionales para que
comunique al ~onsorzio per I'AREA di Ricerca Scientifica e Tecnologica di Trieste
(Consorzio AREA) (Italia)
y,
previa intervenci6n de la Direccion de Convenios,
archivese.
Rodolfo Angel Golluscio Alberto Boveris
Rodolfo Pedro Rothlin Jorge Biglieri
Pablo Vensentini Movia
Mariana de 10s A. Romano
p
Arturo Pozzali
MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO
Reunidos
La Facultad de Agronomla de la Universidad de Buenos Aires. (en adelante
FAUBA)
con.
domicilio en Av. San Martln
4453,
Ciudad Aut6noma de Buenos Aires, RepOblica Argentina,
representada en este acto por su Decano, Ing. Agr. Rodolfo Golluscio
el Consonio per I'AREA di Ricerca Scientifica e Tecnologica
di
Trieste (en adelante
Consorzio AREA), una organizacidn de investigaci6n nacional sin fines de lucro con domicilio
legal en Padriciano
99, 34149
Trieste, Italia, representado en este acto por su Presidente Ing.
Giancarlo Michellone,
en adelante indicadas como las PARTES
la FAUBA produce, aplica y prornueve la enseilanza y la investigacibn para el desarrollo
cientifico y tecnol6gico para el sector agroalimentario
y
la sociedad toda.
entre 10s principales objetivos de la FAUBA se encuentran mejorar las condiciones para la
enseiianza y las actividades de investigaci6n, as1 como para el desarrollo de proyectos de
desarrollo tecnol6gic0, econ6mico y territorial y el foment0 de la relaci6n de alurnnos
y
docentes con empresas, cooperativas y organizaciones del sector agricola y zoot8cnic0, lo cual
es posibilitado gracias al apoyo de instituciones pbblicas y privadas;
el objetivo de la estrategia que la FAUBA desea implementar es aumentar la cornpetitividad de
las empresas
y
el crecimiento econ6rnico del territorio en el Arnbito de 10s sectores de su
.
.
competencia o de otros sectores deterrninados por las Autoridades Academicas;
ia prosecuci6n de tales objetivos exige medidas especlficas de apoyo y la puesta a punto de
infraestructuras para el crecimiento de ernpresas innovadoras de tecnologia intensiva y
conocimientos, tales como una plataforma de tkcnicas y metodologlas para la transferencia de
tecnologla desde la investigaci6n a la industria y gestion de la innGaci6n llevados a cab0 en el
ambit0 de un Parque Cientlfico y Tecnoldgico (PCT);
la
FAUBA,
a traves de una infraestructura de gesti6n de innovaci6n compuesta por un PCT y
por una plataforma de servicios de gesti6n de la innovacibn, tiene la intencion de unir la
academia a la industria
y
promover las inversiones en desarrollo tecnol6gico
y
en la
competitividad de las ernpresas nacionales y extranjeras;
el Consorcio AREA es una organizaci6n nacional p~iblica de investigaci6n de primer nivel del
Ministerio italiano de Instrucci6n, Universidad e Investigaci6n responsable de la gesti6n de
AREA Science Park, el principal Parque de Ciencia y Tecnologla multisectorial de ltalia y uno
de 10s principales de Europa, donde se ubican centros de investigaci6n y desarrollo, empresas
de alta tecnologia, as1 como servicios de valor agregado para la innovaci6n industrial, el
desarrollo de la cornpetitividad de empresas, la internacionalizacibn, la capacitacidn superior, la
construcci6n de redes y partenariados;
el Consorcio AREA es uno de 10s promotores internacionales mas activos en la transferencia
de tecnologia y gesti6n de la innovacibn con metodologlas, tkcnicas e instrurnentos propios y
es una organizacibn calificada
y
con mAs de treinta anos de experiencia en la planificaci6r-1,
diseiio y puesta en rnarcha de parques de investigacibn y tecnologla, as1 como centros
innovaci6n y tecnolbgicos a nivel nacional e
international;
la FAUBA tiene la intenci6n de confiar al Consorzio AREA la tarea de llevar a cab0 la gesti6n
de la innovaci6n y la iniciativa del PCT de Buenos Aires
-
es decir, el desarrollo de un estudio
de factibilidad, el diseno del proyecto ejecutivo y la puesta en marcha de el PCT
-
en virtud de
la experiencia a nivel mundial, la especializacibn y la experiencia de esta organiracibn
y
de
su
conocimiento en profundidad de 10s temas;
LAS PARTES DECLARAN
segun la definici6n de la Asociacibn lntemacional de Parques Cientificos y Tecnol6gicos-IASP.
un Parque Cientlfico y Tecnolbgico es una organizaci6n gestionada por profesionales
especializados, cuyo principal objetivo es incrementar el bienestar de su comunidad
promoviendo la cultura de la innovaci6n y
la
competitividad de las empresas y las instituciones
destinadas al desarrollo y difusi6n de 105 conocimientos; para que estos objetivos se cumplan,
una PCT estimula y gestiona el flujo de conocimientos y la tecnologia entre universidades,
instituciones de investigaci6n
y
desarrollo, empresas y mercados; facilita la creacibn y
crecimiento de empresas innovadoras mediante mecanismos de incubaci6n; proporciona otros
servicios de valor agregado junto con espacios de alta calidad
,
e
infraestructuras de
investigacibn;
10s PCTs han sido reconocidos a nivel
international
como una de las .herramientas mAs
adecuadas y eficaces tanto para aumentar el nivel de innovacibn y competitividad local
(aumento de la competitividad de las empresas) como para producir valor econ6mico (por
medio de la creaci6n de empresas de alta tecnologla con nuevas capacidades y oportunidades
de empleo);
reconocer que la plataforma de gesti6n de la innavaci6n y el PCT darhn lugar a ventajas
competitivas e impactos territoriales de cardcter socioeconbmico, puesto que ofrecen la
disponibilidad de una infraestructura tecnol6gica permanente de investigaci6n y desarrollo
ptiblicos y privados, y facilitan el acceso de las empresas locales a servicios avanzados: el
asesoramiento e innovaci6n tecnolbgica y organizativa, transferencia de tecnologla, asistencia
para la comercializaci6n de 10s productos y descubrimientos de la investigacibn, valorizacibn de
la investigacibn acadbmica, proteccibn de derechos de propiedad intelectual, la promoci6n de
la imagen y la comunicaci6n, la creacibn de redes nacionales e internacionales, desarrollo de
negocios e incubaci6n de nuevas ideas ernpresariales, promoci6n y comunicaci6n, creaci6n de
redes, formacibn en campo tbcnico
y
de administracibn, financiaci6n de la investigaci6n de
inter& industrial
e
inversi6n financiera de riesgo de nuevas actividades de empresa;
la FAUBA y el Consorzio AREA reconocen que el PCTi como sistema de innovacidn territorial,
es la infraestructura mas idbnea a fin de movilizar recursos para investigacibn y desarrollo
destinados
a
facilitar la introduccibn de nuevas tecnologias en el sistema agroindustrial, para
desarrollar
y
gestionar procesos de innovaci6n
y
competitividad del sistema
y
fomentar el
crecimiento econ6mico territorial, facilitando ademhs la creaci6n de condiciones favorables de
creaci61-1, desarrollo y atracci6n de empresas agroindustriales con alta tecnologla interesadas al
rnercado argentino, la creaci6n de nuevos centros de investigaci6n y capacitacibn pirblicos y
privados, y la promocibn de una amplia cooperacidn bilateral para el desarrollo de la
agroindustria.
LAS PARTES ESTIPULAN ACERCA
DE
LOS SlGLllENTES PLINTOS
a) El Consorzio AREA introdudrh en la FAUBA un enfoque metodolbgico para la colaboracibn
y definicibn de una hoja de ruta que tomara en consideracibn las siguientes etapas:
D
el estudio de factibitidad
y
el proyecto ejecutivo y la puesta en marcha del PCT de
Buenos Aires, que considerard una serie de factores, tales corno: estrategias y planes
de desarrollo territorial; analisis de escenarios; la gesti6n del potencial tecnol6gico y
empresarial; las estructuras de organizaci6n y gestibn; 10s se~icios de gesti6n de
inve'stigaci6n e innovaci6n; las metodologias de transferencia de tecnologla y de
tdcnicas de gesti6n de la innovacihn; 10s servicios logisticos; las infraestru
tdcnicas y civiles; infraestructuras tdcnicas y civiles; la capacitaci6n de\
36f
vinculacibn entre redes de investigaci6n y la industria; la gesti6n
financiers:
las pollticas de cornercializaci6n y cornunicacibn; las
financiamiento pbblicas y privadas;
0
la asistencia y consultorla para la irnplementacion y funcionarniento de un sistema de
gestibn de la innovacidn y una plataforma de tecnicas y servicios para la transferencia
de conocimientos y tecnologla basados sobre 10s modelos desarrollados
y
realizados
con &xito por el Consorzio AREA en la Regibn Friuli Venezia Giulia y, cada vez mas, a
nivel internacional:
b) Las Partes acuerdan sobre la oportunidad de llevar a cab0 un estudio de pre-factibilidad
para definir preliminarmente la plsnificaci6n territorial y 10s fondos accesibles para el
estudio y el proyecto del PCT as1 corno las condiciones de sostenibilidad, incluida la
evaluaci6n de la posibilidad de acceder a 10s fondos de la Uni6n Europea (EU) y
I
o de
financiadores internacionales;
EL PRESENTE MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO
ESTA
REGIDO POR LAS
SlGUlENTES CL~JSULAS
Articulo
1
Las Partes acuerdan que se cornprorneten
a
facilitar rnutuamente el intercambio de personal y
de delegaciones encargadas de estudiar, diserfar, desarrollar y gestionar el futuro PCT y la
plataforrna asociada de servicios por la innovacidn cQn el fin de identificar y definir claramente
todos 10s componentes de la iniciativa descripta; a establecer y acordar 10s tdrminos de la tarea
encargada al Consorzio
AREA
por parte de la Facultad de Agronomla; a activar y recaudar 10s
rscursos necesarios: y a crear la condiciones mas favorables para el inicio y la gesti6n del
estudio de factibilidad y puesta en rnarcha del proyecto ejecutivo.
Articulo
2
En virtud de lo anterior y de acuerdo con lo establecido en el Artlccllo
1,
las Partes estipularan
acuerdos especlficos en 10s que figurarsn 10s planes de trabajo, las actividades y 10s plazos, 10s
coordinadores, 10s responsables tkcnicos y las protecciones legales correspondientes a 10s
resultados, as1 corno la propiedad de 10s resultados, y todo aquello que las partes entiendan
necesario para la interpretaci6n de 10s misrnos.
Articulo
3
La existencia de este acuerdo no limita en forma alguna el derecho de las Partes para
forrnalizar convenios sernejantes con otras ernpresas y
1
o instituciones.
Articulo
4
La suscripci6n del presente no implica otro vinculo entre las partes que 10s derechos y
obligaciones comprendidos en el mismo. Las Partes mantendran la individualidad y autonomia
de sus respectivas estructuras tbcnicas, academicas y administrativas y asumiran las
responsabilidades especlficas exclusivarnente con relaci6n a cuanto aqul expuesto.
Articulo
5
Todas las modificaciones a este acuerdo se realizaran por escrito y con el consentimiento de
ambas Partes.
Articulo
6
Las Partes observaran, en sus relaciones,
el
mayor esplritu de colaboraci6n y se comportaran
de acuerdo con 10s principios de buena fe y transparencia de 10s actos con relaci6n a 10s fines
peneguidos en comlin con la celebraci6n del presente acuerdo. Las Partes se comprometen a
poner toda su buena voluntad para lograr la soluci6n amistosa de cualquier controversia que
genere el presente acuerdo. En caso de no solucionar las controversias surgidas entre las
Partes relativas a este convenio o a su interpretacibn, extinci6n o terminaci6n, se dirirniran en
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