manual de convivencia (1)

Telechargé par Daniel Felipe Sierra Arias
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CONTENIDO
PRESENTACIÓN
RESEÑA HISTÓRICA
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
PREÁMBULO
MARCO LEGAL
MARCO INSTITUCIONAL
- VISIÓN
- MISIÓN
- MANIFIESTO EDUCATIVO
CAPÍTULO I. OBJETIVOS
ARTÍCULOS:
1. OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN
2. OBJETIVO GENERAL INSTITUCIONAL
3. OBJETIVOS DE CALIDAD
4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS INSTITUCIONALES
5. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
CAPÍTULO II. COMUNIDAD EDUCATIVA: PERFILES, DERECHOS, DEBERES Y FUNCIONES
ARTÍCULOS:
6. RECTOR
7. COORDINADOR GENERAL
8. COORDINADOR ACÁDEMICO
9. DOCENTES
10. PADRES DE FAMILIA
11. ESTUDIANTES
12. PERSONAL ADMINISTRATIVO
13. PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
14. ENFERMERÍA
CAPÍTULO III. GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULOS:
15. CONSEJO DIRECTIVO
16. RECTOR
17. CONSEJO ACADÉMICO
18. REPRESENTANTE DE CURSO
19. CONSEJO ESTUDIANTIL
20. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
21. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES
22. COMITÉ ELECTORAL
23. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
24. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
25. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
CAPÍTULO IV. GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
ARTÍCULOS:
26. COMPONENTES BÁSICOS
27. SITUACIONES TIPO I QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
28. SITUACIONES TIPO II QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
29. SITUACIONES TIPO III QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
30. OTRAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR NO CONTEMPLADAS EN ESTE MANUAL
31. FINALIDAD Y CONTENIDO DE LOS PROTOCOLOS PARA ATENDER SITUACIONES TIPO I, TIPO II Y TIPO III QUE
AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
32. ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES
33. DIRECTORIO PARA ATENCIÓN Y REMISIÓN DE SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y
EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
34. ACCIONES DE LA COMUNIDAD
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CAPÍTULO V. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULOS:
35. MATRÍCULA Y PENSIÓN
36. COBROS PERÍODICOS
37. OTROS COBROS
38. INCUMPLIMIENTO EN PAGOS
39. HORARIOS DE ATENCIÓN
40. CONDUCTO REGULAR
41. P.Q.R.S. (Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias)
CAPÍTULO VI. UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL
ARTÍCULOS:
42. UNIFORMES
43. CHAQUETAS PROM
44. CRITERIOS DE PRESENTACIÓN PERSONAL PORTANDO EL UNIFORME
45. CRITERIOS DE PRESENTACIÓN PERSONAL SIN PORTAR EL UNIFORME
CAPÍTULO VII. CURRÍCULO Y PLAN DE ESTUDIOS
ARTÍCULOS:
46. INASISTENCIAS Y PERMISOS
47. AUSENCIAS JUSTIFICADAS
48. RETARDOS
49. ESTÍMULOS
50. COMPONENTES DEL CURRÍCULO
51. PLAN DE ESTUDIOS
CAPÍTULO VIII. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES. (SIEE)
ARTÍCULOS:
52. EVALUACIÓN SECCIÓN PREESCOLAR
53. CRITERIOS DE PROMOCIÓN SECCIÓN PREESCOLAR
54. EVALUACIÓN SECCIÓN BÁSICA Y MEDIA
55. ANULACIÓN DE UN INSTRUMENTO EVALUATIVO
56. INFORME VALORATIVO SECCIÓN BÁSICA Y MEDIA
57. ESCALA DE VALORACIÓN SECCIÓN BÁSICA Y MEDIA
58. CRITERIOS DE PROMOCIÓN SECCIÓN BÁSICA Y MEDIA
59. ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN SECCIÓN BÁSICA Y MEDIA
60. SEGUIMIENTO DE DESEMPEÑO ACADÉMICO
61. SEGUIMIENTO ESCOLAR OBSERVADOR
62. AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL
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RESENTACIÓN
El Rector del Instituto Marsella presenta el siguiente Manual de Convivencia Escolar para el año
2023:
1: Deroga todos los anteriores Manuales de Convivencia.
2: Adopta el presente Manual de Convivencia, en el cual se especifican los criterios que rigen a la
Comunidad Educativa del Instituto.
3: Realizará los ajustes y reformas pertinentes en estricto cumplimiento de las leyes jurídicas y
normas de educación vigentes que surjan a futuro por el bienestar de la comunidad escolar.
4: Se acoge al artículo 87 de la ley general de educación, 115 de 1994. Los establecimientos
educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia en el cual se definan los derechos y
obligaciones, de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula
correspondiente en representación de sus hijos estarán aceptando el mismo.
RESEÑA HISTÓRICA
Fundado en 1979, por la Licenciada Elsa Ramírez de Montoya, el Instituto Marsella, nació como
jardín infantil ofreciendo los grados de prejardín, jardín y transición, y con el paso del tiempo fue
ampliando grados hasta cubrir toda la educación primaria.
Después de 20 años formando la infancia, en 1999 siendo conscientes del compromiso y
responsabilidad que implica la educación, se toma la decisión de empezar el proceso de ampliación
gradual de la Básica secundaria y media, elaborando el plan de estudios correspondiente y la
adecuación de la planta sica, para ofrecer todos los ciclos del proceso educativo, siempre dentro
de los parámetros de la calidad y la excelencia y contando con las respectivas resoluciones
aprobatorias por parte de la Secretaría de Educación del Distrito.
Es así como en el año 2005, el Instituto proclama su primera promoción de 21 bachilleres, con la
mayoría de los alumnos formados desde sus primeros años por nuestros docentes; completando así
hasta el año 2022, 18 promociones integradas por 493 estudiantes.
Durante este proceso de formación ha sido nuestro propósito brindar una educación basada en
valores como la Responsabilidad, la Tolerancia y la Autonomía, resaltando siempre nuestro lema:
“Amor a los Niños y la Juventud”.
Con el fallecimiento de la señora Elsa Ramírez a finales del año 2005, toman la bandera de la
Institución su hija Luisa Fernanda Montoya Ramírez y Juan Carlos Cárdenas Canizales, continuando
el legado de su fundadora, buscando siempre el mejoramiento de los procesos educativos, el
reconocimiento y el posicionamiento de la Institución a nivel local y nacional. Es por esto por lo que
continuamente se busca la excelencia de nuestros alumnos a nivel interno y en las diferentes
competencias programadas por el Estado, logrando mantener una clasificación de nivel Muy Superior
(A+).
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
A. ESCUDO
B. BANDERA
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PREÁMBULO
La convivencia escolar se puede entender como la acción de vivir en compañía de otras personas en
el contexto escolar y de manera pacífica y armónica.
El presente Manual de Convivencia Escolar hace parte del Proyecto Educativo Institucional del
Instituto Marsella y contiene el conjunto de principios, normas, procedimientos, acuerdos, y demás
aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de los miembros de la comunidad educativa.
Se invita a los alumnos y padres de familia a leerlo cuidadosamente, entender y poner en práctica
todo el contenido para la buena marcha de la Institución y vivir en armonía.
El Instituto no se responsabiliza por la mala información en grupos de redes sociales. Los únicos
medios informativos autorizados son: la página web del Instituto, la plataforma Institucional Integra
para el Instituto Marsella, las plataformas académicas de las editoriales que apoyan los textos
escogidos por el Instituto y el grupo de WhatsApp Institucional creado por la secretaría.
MARCO LEGAL
Resolución Rectoral No.001 de 1996 por la cual el Consejo Directivo del Instituto Marsella en
conformidad con el decreto 1860 de 1994, artículo 23-literal c, resuelve adoptar el presente Manual
de Convivencia Escolar que se evaluará anualmente según las necesidades y posibles ajustes.
El Instituto Marsella se identifica con naturaleza privado, carácter mixto, calendario A y jornada única.
El Manual de Convivencia del Instituto se fundamenta en la Constitución Política de Colombia; el
Código de la Infancia y la Adolescencia; la Ley General de Educación No 115 de 1994 y sus decretos
reglamentarios; Ley 1620 y decreto 1965 de 2013 y demás normas emanadas por el Ministerio de
Educación Nacional y la Secretaría de Educación Distrital:
A. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.
Establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y que se garantizará
la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
En el Artículo 67 se contempla que la educación es un derecho de la persona y un servicio público
que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y
a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los
derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el
mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los
cinco y los quince años y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación
básica.
Corresponde al Estado, regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin
de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y
física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las
condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.
B. LEY 1098 de 2006.
Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, el cual tiene por objeto establecer
normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes,
garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales
de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha
garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y
armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de
felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin
discriminación alguna.
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C. LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN No. 115 DE 1994.
La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta
en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.
La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio blico de la Educación que
cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de
la sociedad.
DECRETO 1860 DE 1994
Las normas reglamentarias contenidas en el presente Decreto se aplican al servicio público de
educación formal que presten los establecimientos educativos del Estado, los privados, los de carácter
comunitario, solidario, cooperativo o sin ánimo de lucro. Su interpretación debe favorecer la calidad,
continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así como el mejor desarrollo del
proceso de formación de los educandos. La interpretación de estas normas deberá además tener en
cuenta que el educando es el centro del proceso educativo y que el objeto del servicio es lograr el
cumplimiento de los fines de la educación, definidos en la Ley 115 de 1994.
Las disposiciones del presente Decreto constituyen lineamientos generales para el Ministerio de
Educación Nacional y las entidades territoriales, con el objeto de orientar el ejercicio de las respectivas
competencias y para los establecimientos educativos en el ejercicio de la Autonomía Escolar.
D. LEY 1620 de 2013.
Se crea con el objeto de contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción
de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato
constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994- mediante la creación del Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la
Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, que promueva y fortalezca la
formación ciudadana y el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos de los
estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media, y prevenga y mitigue la violencia
escolar y el embarazo en la adolescencia.
DECRETO 1965 de 2013.
Lineamientos generales bajo los cuales se deben ajustar los Manuales de Convivencia de los
Establecimientos Educativos, de acuerdo con lo ordenado en la Ley 1620 de 2013 y otros aspectos
relacionados con incentivos y la participación de las entidades del orden nacional y territorial,
establecimientos educativos, la familia y la sociedad dentro del Sistema Nacional de Convivencia
Escolar.
El presente decreto se aplicará en todos los establecimientos educativos oficiales y no oficiales de
educación preescolar, básica y media del territorio nacional y demás instancias que conforman el
Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación
para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, también a la familia, la
sociedad y a los demás actores que participan en la Ruta de Atención Integral.
E. NORMAS.
Son pautas de protocolo, respeto y organización que rigen el espacio y el tiempo entre las personas
que comparten un lugar y un momento determinados.
Comprenden una serie de deberes y normas de obligado cumplimiento que deben ser conocidas y
comprendidas por todos los miembros de un grupo o comunidad, por esa razón están contenidas
en un manual.
El cumplimiento de las normas de convivencia favorece la promoción de un ambiente pacífico, la
buena comunicación y la asimilación de los valores de respeto, tolerancia, solidaridad, compañerismo
y el desempeño compartido de los deberes.
De esta forma, las normas de convivencia contribuyen en la transmisión de hábitos saludables en los
individuos, en el trabajo productivo y en la construcción del sentido de pertenencia.
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